Después de tres horas y
media de deliberación, el jurado popular declaró culpable por unanimidad a
David Fernández por el homicidio de Christian Valdebenito, ocurrido el 28 de
diciembre de 2021 en un baldío ubicado en calles Perú y Pastor Bowdler de Cipolletti.
El debate comenzó el lunes y
declararon 22 testigos, entre peritos, policías y allegados a la víctima y al
acusado. Este miércoles se expusieron los alegatos de cierre, después las
instrucciones, y finalmente el veredicto.
David Fernández fue hallado
culpable por el jurado popular por el delito de homicidio en riña.
El hecho
El homicidio que se juzgó
ocurrió el 28 de diciembre de 2021 alrededor de las cinco de la madrugada. En
esas circunstancias el acusado, junto a otras dos personas que no fueron
identificadas hasta el momento, agredió con un arma filosa a la víctima, quien
falleció producto de las múltiples heridas cortantes. El ataque se produjo en
un baldío ubicado en Perú y Pastor Bowdler de Cipolletti, lugar donde pernoctaba
la víctima junto a amigos, puesto que se
encontraban en situación de calle.
La fiscalía mantuvo su
teoría del caso desde la formulación de cargos, momento en que a Fernández le
dictaron la prisión preventiva. El abogado del imputado, en cambio, encuadró la
situación en una legítima defensa.
Selección del jurado
La semana previa al juicio
hubo una audiencia de selección del jurado. Ese día un grupo de personas, entre
hombres y mujeres, concurrieron a la Oficina Judicial de Cipolletti. Las partes
entrevistaron a la gente y luego de la aplicación de un sistema de filtros
legales consiguieron formar un jurado imparcial compuesto por ocho mujeres y
ocho hombres. La legislación requiere el voto de las y los 12 integrantes
titulares. El resto son suplentes. Las personas del jurado están todas
domiciliadas en localidades de la Cuarta Circunscripción Judicial que comprende
desde Catriel a Fernández Oro. El segundo día del debate, uno de los jurados
hizo un planteo y fue excluido por lo que el juicio se realizó con 15 personas.
El juicio
El debate comenzó el lunes 6
de noviembre con las instrucciones iniciales y los alegatos de apertura.
Durante tres días, en audiencias que se realizaron a la mañana y a la tarde, el
tribunal popular escuchó la declaración de testigos y observó los informes de
peritos y profesionales. La parte probatoria concluyó este miércoles.
Luego de un cuarto
intermedio el juicio terminó con los alegatos finales de cada parte y la
explicación, por parte de la jueza técnica, de las instrucciones finales de
deliberación para el jurado. Tras recibir las instrucciones el jurado pasó a
deliberar en sesión secreta.
Luego de tres horas y media,
la persona elegida por su pares para presidir el jurado popular comunicó el
veredicto.
El imputado fue asistido por
el defensor particular Cesar Massetta. Por el Ministerio Público Fiscal
intervino el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna, el fiscal del caso Martín
Pezzetta y el adjunto Juan Pablo Escalada. La jueza técnica fue Alejandra
Berenguer.
Cómo sigue el proceso
Con este resultado finalizó
la participación del jurado y las partes tendrán cinco días hábiles para
ofrecer nuevas pruebas de cara al juicio de cesura, en el que la jueza técnica
definirá el monto de la pena.
En Río Negro ya se
realizaron catorce juicios por jurados desde 2020, cuando se implementó por
primera vez esa modalidad de juzgamiento vigente desde 2019. Esa fue la última
etapa de la reforma procesal penal aplicada en 2017. Las áreas de Comunicación
del Poder Judicial y de la Procuración transmiten por el canal de YouTube
institucional todas las partes públicas de los juicios por jurados con el
objetivo de garantizar la publicidad y la transparencia del proceso.
Tras conocerse que el jurado
popular votó por el veredicto de culpabilidad por el delito de homicidio en
riña, se llevó a cabo una audiencia inmediata. Allí se planteó que teniendo en
cuenta la escala penal - que va de dos a seis años de prisión- el imputado
recuperó la libertad en principio hasta la imposición del monto de la pena.
Asimismo se dictaron otras medidas
cautelares menos gravosas hasta tanto se realice la audiencia de cesura.
26 noviembre 2024
Judiciales