Una madre y un padre que están separados aceptaron dialogar en una mediación sobre el régimen de comunicación con los hijos que tienen en común. Tras una reunión que duró una hora y media, literalmente encontraron un punto medio que garantiza los derechos de los niños y satisface a las dos partes.
Los días que el papá se ocupa del cuidado personal de los hijos, la mamá los acompañará “hasta mitad de camino” y allí los recibirá el papá. Y al regreso será igual: un encuentro en un punto equidistante de las viviendas de ambos progenitores.
La mediación se realizó en la un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC). Ni la madre ni el padre tuvieron costos económicos por el proceso prejudicial, porque cada uno de ellos tuvo el asesoramiento de la Defensa Pública ante el CIMARC. Además, intervino una mediadora oficial del Poder Judicial.
Como en toda reunión de mediación, hubo primero unas entrevistas previas con cada parte. Luego la mediadora explicó a ambos progenitores las condiciones de la reunión, las características y alcances del proceso de mediación y la confidencialidad de la conversación.
Luego fueron acercando posiciones y finalmente acordaron un régimen de comunicación “compartido, con modalidad indistinta y domicilio principal en la casa materna”. Eso se traduce en que los hijos compartirán con ambos progenitores “de forma amplia”, garantizando un piso mínimo de horas semanales con el papá. Esos días “la mamá llevará los niños hasta mitad de camino, donde los espera el papá; y el papá llevará a la vuelta los niños hasta mitad de camino, donde los esperará la mamá”, dice el acta de la mediación.
El acuerdo reconoce, además, la voluntad de ambos progenitores de establecer una coordinación familiar dinámica, ya que los niños podrán organizarse directamente con el papá para ir a su casa, previo acuerdo con la mamá.
24 noviembre 2024
Judiciales