A través de una mediación prejudicial una persona reconoció a a su hija, hoy adolescente, acordaron una cuota alimentaria y “un régimen de comunicación amplio y sin restricciones”. Según quedó expresado en el acta, “padre e hija podrán establecer contactos basados en el cariño y respeto mutuo, directamente a sus respectivos teléfonos”.
Ambos viven a dos mil kilómetros de distancia. Concurrieron al Centro Integral de Métodos Autocomopositivos de Resolución de Conflictos y en ese ámbito de confianza pudieron llegar a acuerdos postergados durante años.
El hombre realizará el reconocimiento filiatorio en el Registro Civil. Convinieron que la adolescente no se agregará el apellido paterno. El hombre incluirá a la hija en su obra social.
Además, abonará una cuota alimentaria que será recibida y administrada directamente por la hija “en atención a su edad y en miras al principio de capacidad progresiva”.
Los casos de Familia son mayoritarios en la mediación. Este ámbito permite una solución sin litigar y con mayor fortaleza, ya que el resultado es producto del diálogo y los acuerdos entre las partes. Es gratuita, obligatoria en ciertos asuntos y mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional.
El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades. Además, extiende sus ramas, delegaciones descentralizadas, en otras regiones
24 noviembre 2024
Judiciales