Un hombre de Viedma
suscribió con un contrato de compra venta de dos viviendas industrializadas de
25 metros cuadrado cada una. Si bien pagó la totalidad, la empresa no cumplió.
El plazo de concreción de
las viviendas sería de 90 días hábiles, a contar a partir de la “concertación
definitiva de la operación”.
Se realizó la platea tres
meses después de lo pactado, cuando el cliente ya había realizado la
preparación del terreno y los materiales en tiempo y forma. Además el comprador
se encargó de obtener los permisos municipales correspondientes, a la espera de
la presentación de los planos de obra que debían ser entregados por el vendedor
pero nunca fueron presentados.
En la demanda, el hombre
dijo que la construcción de la platea o contrapiso en el terreno se realizó de
manera defectuosa.
La empresa cesó en forma
intempestiva los trabajos en el predio. No solo abandonó la obra, sino que dejó
tirados los materiales depositados, sin custodia ni protección frente a los
factores climáticos.
El cliente envió numerosos
mensajes de WhatsApp al representante de la ciudad sin obtener respuesta.
Tras analizar la totalidad
de la prueba, el juez civil de Viedma condenó al representante de AZ Construcciones
a que abone en la suma de 2.212.790,20 pesos en concepto de devolución del
dinero abonado con causa en el contrato de compraventa; la suma de 408.480
pesos en concepto de Daño Moral y la suma de 500.000 pesos en concepto de Daño
Punitivo.
24 noviembre 2024
Judiciales