Deberán resarcir a cliente por falta de información en contrato de vivienda

La empresa deberá pagar casi un millón de pesos por daños morales y punitivos

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Un hombre de Viedma que buscaba alternativas para obtener una vivienda propia se encontró en una situación conflictiva al firmar un contrato con una empresa de casas industrializadas, Montreal, la cual no le informó adecuadamente sobre las condiciones de pago. El caso terminó en un juicio que resultó en un resarcimiento significativo para el consumidor.

El contrato inicial ofrecía una vivienda de 43 metros cuadrados, con un pago inicial a abonar en doce meses y el saldo restante a pagar en 60 cuotas mensuales iguales y consecutivas. Sin embargo, tras finalizar el pago inicial, la empresa le comunicó que debía acercarse a su sucursal en Bahía Blanca para decidir los últimos detalles de la vivienda. Al llegar, le informaron que debía negociar el saldo restante con una entidad financiera, información que nunca le fue proporcionada previamente.

Ante esta situación, el hombre solicitó la devolución de todo el dinero abonado, pero la empresa se negó. Tras reiterados intentos de comunicación infructuosos, decidió presentar un reclamo ante Defensa del Consumidor. Durante una audiencia virtual programada, la empresa no se presentó y su asesor legal ofreció devolver solo el 25% de lo abonado, oferta que el cliente rechazó.

El caso llegó a la justicia civil en Viedma, donde la empresa nuevamente no se presentó. El magistrado analizó el contrato y verificó que no mencionaba la participación de una entidad financiera, lo que fue confirmado por el representante legal de la constructora. La sentencia señaló que la omisión del deber de información afectó el trato dispensado al cliente, según lo establecido en el artículo 42 de la Constitución Nacional y el artículo 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor.

El juez concluyó que el incumplimiento contractual se dio al indicarle al cliente que debía acudir a una tercera persona para completar su pago, algo no previsto en el contrato. Como resultado, la empresa Montreal deberá abonar casi un millón de pesos al consumidor por daño moral y daño punitivo, según lo dictaminado en la sentencia.

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