Un hombre de Viedma será resarcido por una entidad bancaria que le siguió descontando el costo de mantenimiento de una tarjeta de crédito que había dado de baja en 2016. La justicia determinó que estos cobros eran indebidos y ordenó la indemnización.
El vecino, titular de una caja de ahorro, informó que el banco le cobraba un servicio de seguro que no había contratado y un cargo por una tarjeta de crédito Visa que había sido cancelada tras un robo. Aunque aceptó que había firmado el contrato del seguro, la justicia rechazó su demanda sobre este punto. Sin embargo, el reclamo por los descuentos de la tarjeta de crédito prosperó.
El fallo del Juzgado de Paz de Viedma establece que el tribunal es competente para resolver el caso, ya que se trata de un reclamo de menor cuantía. La sentencia subraya que la relación contractual entre el cliente y el banco se enmarca en una relación de consumo según lo dispuesto por la Constitución Nacional y el Código Civil y Comercial. La Ley de Defensa del Consumidor, que protege a los consumidores, fue clave en la resolución del caso.
El juez destacó que los consumidores tienen derecho a una atención rápida y eficaz, derecho que no se le brindó al vecino de Viedma, a pesar de haber solicitado personalmente la baja de la tarjeta en la sucursal bancaria. Esta falta de atención violó su derecho a la información, según la Carta Magna.
El fallo también resalta los problemas recurrentes que enfrentan los consumidores al tratar con la entidad bancaria demandada. Muchos clientes deben comunicarse repetidamente con el banco para ser atendidos y, en la mayoría de los casos, terminan recurriendo a la vía judicial para resolver sus reclamos.
La justicia ordenó al banco resarcir al vecino de Viedma por los cobros indebidos, reconociendo la violación de sus derechos como consumidor y la falta de atención adecuada por parte de la entidad bancaria.
24 noviembre 2024
Judiciales