Banco deberá indemnizar a cliente por descuentos indebidos en seguros

La entidad deberá pagarle cuatro veces el monto debitado de manera no autorizada

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Un banco de Viedma fue condenado a indemnizar a un cliente tras realizarle descuentos no autorizados en concepto de seguros, luego de que el afectado iniciara un proceso judicial de menor cuantía. El fallo ordena que la entidad bancaria pague cuatro veces el monto debitado, considerando tanto el daño material como el perjuicio moral sufrido por el cliente.

El caso comenzó cuando un hombre notó que, pese a haber cerrado su cuenta a principios de 2022, se le habían realizado descuentos por dos seguros: uno relacionado con robos en cajeros automáticos y otro cuya naturaleza desconocía. El cliente argumentó que nunca recibió información clara, detallada ni cierta sobre estos contratos, lo cual contraviene la normativa vigente sobre derechos de consumidores.

En el proceso judicial, la entidad bancaria no se presentó, lo que llevó al juez de Paz a evaluar la situación dentro del marco de la relación de consumo, según el artículo 42 de la Constitución Nacional y la Ley 24240 de Defensa del Consumidor. El magistrado confirmó que el cliente cumplía con la definición de consumidor de servicios financieros, mientras que la institución bancaria actuaba como proveedora en los términos de la normativa vigente.

Entre las pruebas presentadas se demostró que los débitos realizados en la cuenta del cliente correspondían a seguros que nunca fueron contratados de manera clara y voluntaria. Además, se estableció que la actitud del banco evidenció un "destrato" hacia el consumidor, al no responder a las solicitudes de información y a los múltiples reclamos que este realizó antes de recurrir a la vía judicial.

En su fallo, el juez determinó que, además del reintegro de los montos descontados, el banco deberá pagar un triple resarcimiento por daño moral. Esta medida fue justificada considerando las molestias que el cliente soportó durante varios años por cargos no autorizados y la falta de respuestas a sus solicitudes de información, incumpliendo con el trato digno al que tienen derecho las personas consumidoras.

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