15 noviembre 2011
Judiciales
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En el marco del juicio que se desarrolla por la agresión sufrida por Marcelino Oliva -padre de David Oliva- en diciembre del año pasado; hoy se escuchó el aporte de dos policías y se realizaron los alegatos de las partes. Concretamete el Fiscal de Cámara puntualizó que el menor debe ser condenado como autor del delito de homicidio en grado de tentativa agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con la portación de arma de fuego de guerra sin la autorización legal.
Silva aclaró que en la conducta desplegada por el acusado se dieron los tres supuestos de la tentativa: la intención de matar, su exteriorización, el comienzo de la ejecución y la no consumación por razones ajenas a su voluntad. "Las circunstancias ajenas fueron el acelere de la moto, la desestabilización de la puntería y haber sido embestido por Oliva y Sánchez (Samuel)". "Hubo dolo de tentativa de homicidio, dolo directo. No se trató de un abuso de armas" aclaró.
En relación a Pedro Hernández dijo que debe ser condenado como partícipe necesario ya que trasladaba a su heemano al momento que realizó los disparos y que luego lo ayudó en la huída.
Posteriormente tomó la palabra el abogado representante de la querella Marcelo Hertzriken Velazco quien pidió catorce años de prisión efectiva para Pedro Hernández por considerarlo partícipe necesario del delito de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. El abogado indicó que "Pedro sabía que (...) portaba el arma 11.25. Trae a su hermano con un arma de guerra para proteger a su madre" y valorizó el testimonio de los policías que atestiguaron durante el debate.
Por su parte el defensor de los acusados Juan Vincenty consideró que para el caso de su defendido, juzgado como menor de edad, se trató de una agresión con arma lo que implica que se trata de un menor no punible por la escala penal y debe ser absuelto. Asimismo enfatizó que no se le puede imponer pena ya que no cumplimentó aún el año de tratamiento tutelar por lo que solicitó en todo caso que se difiera la condena. Vincenty argumentó que no hubo plan previo y que Hernandez conducía la moto y no vió que su hermano llevaba el arma. "La responsabilidad es exclusiva de (...)por lo que Pedro Hernández debe ser absuelto" sintetizó.
Finalmente la Asesora de Menores Alicia Merino adhirió a los fundamentos de la defensa y agregó respecto del menor acusado que como no ha concluído el tratamiento se deberá evaluar si corresponde la declaración de responsabilidad pero no la imposición de pena hasta la conclusión del mismo. Merino aseguró que a la fecha el desarrollo tutelar del menor ha sido favorable.
El tribunal de la Cámara Segunda de Cipolletti, fijó la lectura de sentencia para el miércoles 30 de noviembre a las 13 horas.
24 noviembre 2024
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