Ardaiz se había fugado de la policía tras ser detenido y tras varios días de estar en situación de prófugo se entregó en el mediodía del miércoles en el Poder Judicial ante Reussi, pero 24 horas después se determinó su liberación.
Esta determinación va "contra la orden judicial del Juzgado de Instrucción Nº 2 de que dictó su procesamiento con prisión preventiva en fecha 17 de febrero último (Resolución Nº 46656) situación que ya ha sido denunciada desde el Juzgado ante la Fiscalía de Turno de esta capital provincial para su consecuente esclarecimiento", se señaló desde el Poder Judicial.
Ardaiz se presentó esta mañana en el Juzgado y luego de ser debidamente notificado fue traslado a la alcaidia local en cumplimiento de la disposición judicial.
Además, ordenó el procesamiento de Denis Rodrigo Garcia también por estimarlo coautor del delito de robo en poblado y en banda con la participación de un menor de edad en grado de tentativa.
Además, el magistrado procesó a dos menores por el delito de robo calificado por acometimiento en poblado y en banda en grado de tentativa y dispuso además, el inicio de tratamiento tutelar para E.A.V, y dejó constancia de la presente resolución, en el tratamiento tutelar que se sigue a M.I.C.CH.
Con respecto al hecho que se investiga, se le atribuye a Jorge Eduardo Ardaiz y Denis Rodrigo Garcia junto a dos menores, de 16 y 17 años, haber sido quienes el 3 de febrero de 2012, aproximadamente a la 1,50 hs.,intentaron robar en una vivienda ubicada en calle Gallardo 620 de la ciudad de Viedma.
En la oportunidad, Ardaiz habría llevado en una camioneta a García y los menores hasta la vivienda, con intención de apoderarse ilegítimamente de los elementos que se encontraban en su interior. Allí, éstos últimos tres tras forzar la persiana y romper un vidrio de una ventana del frente de la casa no lograron su cometido por razones ajenas a su voluntad ya que fue accionada la alarma del domicilio por lo que emprendieron la fuga, nuevamente a bordo de la camioneta conducida por Ardaiz quién los habría pasado a buscar por frente de la vivienda.
Seguidamente, fueron interceptados y perseguidos por personal policial que los aprehendió en la intersección de calles Cardenal Cagliero y Rotonda Pagano de esta ciudad, donde fueron reducidos tras resistir el accionar policial y forcejear intentando impedir su arresto.
En la resolución se expresa que “del marco probatorio surge claramente el accionar de Ardaiz como aquella persona que llevaba en su vehículo a las otras tres, -dos menores- esperando cerca del lugar, monitoreando la situación, y luego, cuando en ocasión de intentar ingresar uno de ellos, se acciona la alarma de la vivienda, el mencionado Ardaiz se dirige al frente de la vivienda violentada, frena, espera que suban y salen raudamente en dirección de calle Urquiza protagonizando varias maniobras evasivas de los vehículos policiales, hasta ser detenidos por la prevención a considerable distancia del lugar.”.
Para resolver, el Juzgado de Instrucción Penal Nº 2 tomó en cuenta las constancias de prueba constituidas especialmente por acta de procedimiento policial, certificados médicos, acta de denuncia Penal, acta de secuestro, Partidas de Nacimiento, declaraciones testimoniales y demás constancias sumariales obrantes en la presente causa.
El Tribunal consideró que a la luz de las constancias probatorias reunidas en la presente investigación y con el alcance de esta etapa preparatoria, tanto la materialidad del hecho, la autoría y la responsabilidad de los sometidos a proceso están acreditadas y que corresponde decretar su procesamiento.
24 noviembre 2024
Judiciales