28 febrero 2012
Judiciales
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En la oportunidad, el Fiscal de Cámara ofreció al imputado y su defensor la realización del juicio abreviado, aceptando la calificación jurídica de abuso sexual agravado por la situación de convivencia en forma continuada (arts. 119 primer párrafo en función del último párrafo inciso f del C.P.) y ofreciendo la pena de un tres años y diez meses de prisión efectiva accesorias legales y costas, mas la reincidencia por primera vez.
Cabe recordar que oportunamente, el acuerdo alcanzado entre la fiscalía y la defensa, contó con la presencia del Fiscal de Cámara Dr. Juan Ramón Peralta, la Defensora de Menores e Incapaces Dra Patricia Arias y del Defensor Oficial Dr. Marcelo Chironi, e implicó el reconocimiento de culpabilidad del encartado.
Aceptada la propuesta por ambas partes, se puso en conocimiento del imputado sus derechos y los alcances del acuerdo, como así también de su facultad de aceptar o no la propuesta formulada, ante lo cual reconoció la autoría del hecho, la calificación legal en el delito de abuso sexual agravado por la situación de convivencia en forma continuada (arts. 119 primer párrafo en función del último párrafo inciso f del C.P.) y aceptó la pena de tres años y diez meses de prisión efectiva accesorias legales y costas más la reincidencia por primera vez.
PDG fue condenado por tres hechos de abuso sexual ocurridos en Viedma contra una menor de edad con la cual convivía en una misma vivienda. El primero de ellos, ocurrió en el mes de abril de 2009 cuando la niña contaba con 8 años, en ocasión en que se encontraban en la vivienda con el imputado y en circunstancias en que la menor estaba durmiendo en su habitación y en ausencia de su madre, habría intentado accederla carnalmente no logrando el cometido y bajo amenazas con un cuchillo.
El segundo hecho, ocurrió entre los meses de marzo a mayo del 2009, cuando la niña ya contaba con 9 años, oportunidad en que su madre estaba trabajando y mientras se hallaba despierta en la cama de la habitación de su progenitora, el imputado la habría obligado a tocarle su órgano sexual también bajo amenazas. En tanto, el tercer hecho sucedió en el mismo periodo cuando el encartado habría obligado a la menor a observar un video de contenido pornográfico que tenía en su teléfono celular mientras portaba un cuchillo de grandes dimensiones en su cintura.
24 noviembre 2024
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