Juicio a Igoldi: solicitaron su destitución

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En el marco de la audiencia de alegatos del juicio político que se le lleva adelante al suspendido juez penal Favio Igoldi, la Procuradora General Silvia Baquero Lazcano solicitó hoy la destitución del acusado, “por mal desempeño de sus funciones y arbitrariedad”. En tanto Igoldi se defendió, aduciendo que la titular del Ministerio Público Fiscal no pudo probar su actuación arbitraria, y su defensor, el abogado Montanari, dijo que sólo sacó “conclusiones efectistas”.

La Procuradora detalló una a una las causas que, a su entender, posibilitaron “que quedaran debidamente probados los actos de manifiesta arbitrariedad que afectaron gravemente el servicio de justicia”.

Compartió con el juez el desafío que implica investigar a personas consideradas poderosas, pero entendió a su vez que ello debe hacerse de manera ordenada, firme, con cautela y prudencia para lograr eficacia.

En este sentido, centró la crítica sobre el accionar de Igoldi “por conducirse de manera impulsiva, lo que produjo deficiencias en sus investigaciones”. Entendió que ello “fue debidamente probado”, ya que, en cinco de las diez causas que constituyeron la plataforma a analizar, “el Juez fue apartado por ambas salas de la Cámara Criminal y en otras se le declaró la nulidad o revocación de sus decisiones”. Advirtió en este punto, además, que las Cámaras fueron integradas por diferentes jueces de los distintos fueros. “Sólo dos jueces de Cámara de los actuales no intervinieron”, aseguró.

De esta forma, a través de diversos elementos, Baquero Lazcano buscó demostrar que el juez “puso en riesgo la investigación del incendio de los Tribunales, no garantizó en repetidas oportunidades el derecho a defensa en juicio y desoyó advertencias repetidas de la Cámara, que condujeron a su apartamiento y por tanto a la dilación de diversas causas”.

“Eso es lo que debe evaluar el Tribunal: esta reiteración de conductas con menosprecio de garantías constitucionales, como el debido proceso, que hacen a la defensa en juicio de los imputados y al verdadero sentido de administrar justicia. Porque esa es la función que tiene un juez: es el Estado el que ha depositado en él la potestad de administrar justicia. Podemos afirmar que eso ha sucedido cuando estas causas se dilataron en el tiempo, cuando se cayeron por nulidades”, se preguntó Baquero Lazcano.

 Audios de alegatos

 

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