La Municipalidad de Viedma recuerda a los vecinos la plena vigencia de la Ordenanza que prohibe la comercialización, venta al público, mayorista o minorista, entrega gratuita, venta ambulante y uso particular de todo elemento depirotecnia y cohetería de estruendo en el ejido de la ciudad. También aclara que se encuentra prohibida la venta y uso del elemento conocido como “globo aerostático pirotécnico”.
La reglamentación de
la normativa detalla taxativamente que no podrán utilizarse los elementos
explosivos denominados bombas, petardos, morteros con bomba, morteros de
estruendos, foguetas, volcán combinados con estruendo y fuente de efectos
combinados con estruendo.
La misma reglamentación determina los artificios sin
estruendos permitidos. Ellos son: fósforo, estallo, estrellita, bengalita sin
humo, volcán y fuente efecto lumínico, mortero efecto color, candela, torta de
efecto lumínico, caña voladora y giratorio.
Los fuegos artificiales resultan perjudiciales y nocivos
para el medio ambiente, la salud y la integridad física de las personas y
animales, es por eso que la Ordenanza tiene como objetivo reducir la
contaminación auditiva y los riesgos en la manipulación.
Se recuerda que el uso de pirotecnia no está permitida en marchas y manifestaciones. La realización de espectáculos con fuegos de artificio de efecto lumínico, en eventos destinados al entretenimiento de la población, deberán contar con previa autorización municipal. Los comercios que no cumplan con la normativa serán penados con multa, más el decomiso de los elementos.

21 diciembre 2025
Viedma