Se aprobó el incremento salarial para el Poder Judicial

Los jueces, fiscales, defensores y funcionarios cobrarán el aumento el año que viene

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Una resolución conjunta del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y la Procuración aprobó el incremento salarial acordado en paritarias para los empleados judiciales, que implicará cuatro cuotas del 5,21 por ciento. El primer aumento se pagará por planilla complementaria este mes.

En cambio, los jueces, fiscales, defensores y funcionarios no tendrán aumento este año, y el incremento se abonará a partir del año próximo, en tres cuotas consecutivas. La última, con el sueldo que se cobrará en el mes de abril.

De esta manera, para este año el incremento para los trabajadores rondará el 30%, mientras que para magistrados y funcionarios alcanzará el 6%. Las postergación del incremento implicará que tampoco impactará en el aguinaldo.

En la Resolución se establece que “conforme la manda del artículo 224 de la Constitución Provincial el Poder Judicial fija las retribuciones de magistrados, funcionarios y los salarios de sus empleados, potestad que se enmarca en la autarquía presupuestaria y se ejerce conforme los incs. 1 y 2 del art. 206” de la CP.

Recuerda “el complejo proceso por el que transita la sociedad argentina y el Estado en sus diversos niveles en particular, requieren imprescindible e ineludiblemente del protagonismo de los jueces para la realización concreta de la paz social y el afianzamiento pleno de la seguridad jurídica”.

En este punto, advirtió sobre “la creciente judicialización de los conflictos sociales y el consiguiente reclamo de la ciudadanía por sus derechos, respuesta que se ha logrado merced a la tarea del conjunto de sus operadores esenciales, que no ha cesado en momento alguno pese a las contingencias excepcionales que estamos viviendo este año”.

La Resolución recuerda que “en el plexo normativo constitucional local los Magistrados y Funcionarios Judiciales están bajo el amparo de la garantía de intangibilidad de sus remuneraciones”, aunque “en virtud de la grave situación económica y social por la que está atravesando el país en general, y las provincias y municipios en particular, derivada de la pandemia provocada por el COVID-19, se impone para este Superior Tribunal y para el Procurador General la necesidad de tomar medidas excepcionales que morigeren en todo lo posible el impacto financiero que toda recomposición salarial provincial provoca a las arcas públicas”.

De esta manera, “a la hora de definir quienes están en mejores condiciones para afrontar una postergación a la merecida e ineludible recomposición de sus haberes se entiende que son, justamente, los magistrados y funcionarios judiciales, sin que esto pueda entenderse como desmedro alguno al esfuerzo que han realizado durante toda esta emergencia y que se les reconoce”.

“No obstante ello dicha medida no puede implicar, de ningún modo, el incumplimiento del mandato constitucional previsto en el art. 199 inc. 4° de la Constitución Provincial, el que por esta situación excepcional solamente habrá de diferirse”, finaliza.

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