Los requisitos para el cargo son los mismos que para ser legislador, le corresponden las mismas inhabilidades, incompatibilidades e inmunidades.
En este sentido, el postulante a Defensor debe haber cumplido los 25 años, ser argentino con cinco años de ejercicio de la ciudadanía y tener cinco años de residencia en la Provincia.
Al igual que los legisladores, no pueden ser Defensores los militares, salvo después de cinco años del retiro; los eclesiásticos regulares; los destituidos de cargos públicos; los excluidos de la Legislatura; los exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal; los incursos en causales previstas en la Constitución provincial y los condenados por delitos dolosos; los fallidos no rehabilitados ni los ministros del Poder Ejecutivo.
Asimismo, el cargo es incompatible con el ejercicio de profesión o empleo, con excepción de la docencia e investigación; el de director, administrador, gerente, propietario o mandatario de empresas privadas que celebran contratos de suministros, obras o concesiones con los gobiernos nacional, provincial, municipal o comunal.
FUENTE: Legislatura de Río Negro
26 diciembre 2024
Río Negro