El Ministerio de Salud de Río Negro dispuso extender las
medidas por COVID-19 una semana más, entre el lunes 7 y el viernes 11 de junio,
inclusive. Durante el sábado 5 y domingo 6 regirán las restricciones
establecidas en el DNU nacional.
Medidas dispuestas por Provincia que regirán entre el 7 y
11 de junio:
- Restricción de circulación entre las 20:00 horas y las
06:00 horas. Quedan exceptuados:
a) Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto
Nacional Nº 78/21
b) Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio
para el expendio de combustibles.
c) Las personas que estén asistiendo o regresando a sus
hogares procedentes de locales gastronómicos, con comprobante de reserva o
consumición, siempre que se encuentren dentro del lapso temporal estipulado.
- Quedan suspendidas estas actividades
a) Las reuniones sociales en domicilios particulares,
salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire
libre de más de cinco personas.
c) La realización de eventos culturales, sociales,
recreativos y religiosos, tanto en lugares cerrados como al aire libre.
d) La actividad de clubes deportivos y cualquier otra
actividad deportiva de carácter grupal o que implique aglomeración de personas,
tanto en espacios cerrados como al aire libre.
e) Las actividades de casinos, bingos y discotecas.
f) La realización actos públicos, protocolares,
aniversarios y fiestas populares que puedan implicar afluencia de público.
g) La realización de eventos, encuentros y competencias
deportivas, profesionales o amateurs, en espacios públicos o privados, sean
éstos cerrados o al aire libre. Queda autorizada la realización de las
competencias oficiales “Torneo Federal A” de fútbol y “Liga Argentina de
Básquet”, de acuerdo a los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias
nacionales y/o provinciales, sin asistencia de público.
h) La actividad de cines, teatros, museos, bibliotecas,
centros culturales y establecimientos afines.
- Habilitaciones especiales:
a) Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.)
podrán funcionar hasta las 23:00 horas, con un máximo del 30 % del aforo en
relación con la capacidad máxima habilitada. Los propietarios, empleados y
aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de
cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de
los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso,
debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.
En todos los casos deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre,
instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la
utilización de espacios públicos al aire libre.
b) Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar
respetando el horario de circulación habilitado, de acuerdo a los protocolos
vigentes.
c) Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente
para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.
d) Los jardines maternales, sin dependencia del
Ministerio de Educación y Derechos Humanos, podrán funcionar en sus horarios
habituales.
e) Los gimnasios y estudios de disciplinas deportivas
podrán funcionar respetando el horario de circulación permitido, con un máximo
del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada
y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.
- Dictado de clases
Continuarán las clases y actividades presenciales,
exclusivamente en los niveles inicial, primario y educación especial, en las
ciudades y localidades detalladas a continuación, en las que seguirá suspendida
la presencialidad en los niveles secundario y superior. Esta decisión se adopta
luego de haber realizado una evaluación conjunta de la situación epidemiológica
imperante con el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y considerando
especialmente la posibilidad del retorno de la presencialidad en aquellas
localidades que registran una tendencia decreciente en la curva de contagios de
COVID-19.
1. San Carlos de Bariloche
2. Dina Huapi
3. Pilcaniyeu, Cerro Alto, Pichi Leufu Arriba, Pichi
Leufu Abajo
4. Maquinchao
5. Los Menucos
6. Sierra Colorada
7. Ministro Ramos Mexía
8. Guardia Mitre
9. General Conesa
10. El Cuy
11. Ñorquinco
12. Aguada de Guerra
13. Aguada Guzmán
14. Cerro Policía
15. Comicó
16. El Caín
17. Mencué
18. Naupa Huen
19. Ojos de Agua
20. Pilquiniyeu
21. Pilquiniyeu del Limay
22. Prahuaniyeu
23. Río Chico – Río Chico Abajo
24. Villa Llanquín
25. Villa Mascardi
26. Yaminue
27. Paso Flores, Corralito
En el resto de la provincia sigue suspendido el dictado
de clases presenciales y de las actividades educativas no escolares
presenciales en todos los niveles y modalidades.
Medidas dispuestas por Nación que regirán el 5 y 6 de
junio:
- La restricción de circulación nocturna regirá desde las
18 y hasta las 6 del día siguiente.
- Se suspende la presencialidad en las actividades
económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas,
religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y
las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo,
cuando ello sea posible.
- Las personas deberán permanecer en sus residencias
habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de
limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios
esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus
domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con
autorización para circular.
- Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios
públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y
dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas,
no será necesario contar con autorización para circular.
- No se podrán realizar reuniones de personas, ni
concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera
del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de
residencia.
- La gastronomía funcionará por delivery o take-away
(retiro en el lugar).
- Se establecieron excepciones para circular en
transporte público y sin uso de transporte público. En ambos casos se deberá
presentar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia
COVID-19 (dentro del territorio, también funcionará el permiso CirculaciónRN).
El desplazamiento deberá limitarse al estricto cumplimiento de la actividad
autorizada. Las excepciones pueden verse en este artículo: https://www.rionegro.gov.ar/?contID=68762
- Siguen suspendidos los viajes grupales, de estudio y
turísticos; y todas las reuniones sociales, sin importar la cantidad de
personas.

20 enero 2026
Río Negro