La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) destaca el fallo que dio a conocer el Superior Tribunal de Justicia (STJ), por voto unánime de los jueces Apcarian, Mansilla, Barotto, Zaratiegui y Piccinini, que rechazó el recurso de queja interpuesto por la Provincia de Rio Negro contra la sentencia de la Cámara II del Trabajo de General Roca que fue dictada en la causa "Lanchi Alejandra Noemi y Martinez Magdalena del Carmen c/ provincia de Rio Negro s/ contencioso administrativo (l)".
Por la misma, y con voto unánime del Juez Edgardo Albrieu y las Juezas Gabriela Gadano y Carmen Vicente, se condenó al Ministerio de Desarrollo Social a efectuar los aportes previsionales por todos los años que las trabajadoras prestaron sus tareas bajo el sistema de becas desde el año 1998 hasta el 2005.
“Celebramos enormemente este pronunciamiento ya que se trata de un juicio que iniciamos hace años con la convicción de probar que el sistema de becas no es más que una forma de contratación “en negro” para cubrir puestos propios de empleo público, y lo logramos. Sin dudas, se abre la posibilidad de que quienes hayan trabajado bajo becas puedan tener los aportes jubilatorios de esos años, lo que a su vez también repercutirá en el ítem de antigüedad y recategorización”, señaló Ailen Roca, representante legal del sindicato.
Cabe recordar que mediante el Decreto N° 1063 del 16/10/1997, la Provincia de Río Negro aprobó la creación, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Acción Social, dependiente del Ministerio de Gobierno, de Trabajo y Asuntos Sociales, el Programa de Becas para capacitación en servicio e investigación. Bajo esta modalidad contrató personas durante años en forma sostenida, para realizar tareas propias de empleo público, pero sin abonar el salario y efectuar los aportes jubilatorios, de obra social y ART que por dichas tareas correspondía, amparado en que se trataba de “becas”.
Por esto mismo, el sindicato destaca este fallo a través del cual por primera vez en la Provincia se pone bajo la lupa del análisis judicial la contratación de personas bajo esta modalidad, que ha sido una práctica habitual del Estado durante años, y que los jueces intervinientes resolvieron que se trata de “una contratación fraudulenta bajo el maquillaje de becas”, haciendo hincapié a su vez en que son imprescriptibles los beneficios de la Seguridad Social, por lo que puede reclamarse al Estado la efectivización de aportes en cualquier oportunidad.
19 noviembre 2024
Gremiales