La Cámara Laboral
Segunda de Bariloche, en su calidad de Tribunal de Amparo, ordenó el embargo
preventivo de las cuentas bancarias de IPROSS por la suma de $180.550 más
intereses y costas.
El motivo es que la Obra Social no ha dado cumplimiento a lo ordenado en sentencia de amparo dictada en fecha 12 de Abril del año en curso, en donde el Tribunal integrado por los Jueces Alejandra Paolino, Jorge Serra y Carlos Rinaldis, ordenó la provisión a una afiliada de un procesador de palabras modelo "Sonnet" recetado por su médico tratante.
La
amparista en su presentación detalló que en el año 2010 se le colocó un
implante cloquear, con audífono interior en el oído izquierdo, que requiere un
procesador de palabras exterior, y utiliza un audífono en el oído derecho. En el
año 2016 el procesador de palabras sufrió desgastes propios del uso, por lo que
la empresa encargada del mantenimiento y reparación del mismo informó que el
modelo Opus 1 (procesador de palabras) que la amparista posee, requiere ser
actualizado, por su antigüedad y desgaste, resultando imposible su reparación.
Propuso cambiarlo por el modelo Sonnet. En su momento, la afiliada adjuntó la
documentación que avaló su petición.
En la sentencia de amparo, oportunamente se destacó:"... ésta Cámara
Segunda del Trabajo ha dicho que no debe permitirse que el derecho a la salud
sea una simple declaración transformándose en una ficción, sino que debe ser
reconocido en la realidad. Debe responderse adecuadamente a los requerimientos
de los médicos tratantes, en la forma y tiempo que estos indican para un mejor
tratamiento de la enfermedad, y calidad de vida.

17 diciembre 2025
Judiciales