La Municipalidad recordó la obligatoriedad de usar las luces bajas encendidas en el ejido urbano por parte de motos, ciclomotores, triciclos, triciclomotores y cuatriciclomotores de manera permanente.
Los vehículos deben ajustarse a lo dispuesto en el Artículo 32° de la Ordenanza 7557 -Código de Tránsito- que establece el uso de las luces bajas en horas nocturnas y de día cuando existan factores climáticos adversos para los automóviles mientras que las motos, ciclomotores, triciclos, triciclomotores y cuatriciclomotores deben transitar con sus luces bajas encendidas en forma permanente.
El Municipio reiteró estas recomendaciones ante la presencia de niebla en las jornadas primaverales, en particular en las primeras horas del día.
29 noviembre 2024
Viedma