Fallo de la Justicia suspende la reforma laboral incluida en el DNU de Milei

Lo resolvió la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo. Hicieron lugar a un pedido de la CGT.

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En horas de la tarde de hoy, la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei.


La decisión fue firmada por mayoría por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior y en disidencia, votó la tercera jueza Dora González.


Se trata del primer freno que imponen los tribunales a los alcances del decreto de necesidad y urgencia 70/2023. “Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema”, advirtió el fallo de 14 páginas.


“Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria —per se o por sus derivaciones—, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)”, se sostuvo en el escrito.


“Lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia” para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo, máxime cuando varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como ’”leyes antievasión’”, sostuvo el voto de Sudera

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