En Argentina el
parto respetado se enmarca en la Ley 25.929. Desde el Ministerio de
Salud de Río Negro se adhiere a la Semana Mundial del Parto
Respetado, fecha que se conmemora entre el 13 al 17 de mayo y que
tiene como objetivo dar a conocer los derechos de las personas
gestantes y sus familias durante el embarazo, parto, nacimiento y
puerperio.
El término "parto respetado" o "parto humanizado" hace referencia a una modalidad de atención del parto caracterizada por el respeto a los derechos de los padres, los niños y las niñas en el momento del nacimiento. Es decir, en consonancia con las necesidades y deseos de la familia que va a dar a luz.
Cuando se habla de parto humanizado, se habla de generar un espacio familiar donde el nacimiento se desarrolle de la manera más natural posible.
Toda persona gestante en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, tiene derecho a:
- Ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar, de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.
- Ser considerada, en su situación, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
- Al parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud o de la persona por nacer.
- A estar acompañada, por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de pre parto, parto y postparto.
- A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
Por su parte, toda persona recién nacida tiene derecho:
- A ser tratada en forma respetuosa, digna y no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.
- A su inequívoca identificación.
- A la internación conjunta con su madre en sala.
- A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.
Si la persona necesita cuidados especiales, la madre y padre o acompañante tienen el derecho a :
- Recibir Información comprensible y en un ambiente adecuado sobre la evolución de su salud
- Permanecer con su hijo o hija todo el tiempo que necesite
- Participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia
- Si decidiste amamantar, recibir información y apoyo para la extracción y almacenamiento de tu leche
- Recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña
5 diciembre 2024
Deportes