Desvinculación voluntaria: beneficios y requisitos para los estatales

Te detallamos quiénes pueden adherir y quienes quedan excluidos

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La reciente implementación de la Ley N.º 5717 establece un Régimen de Desvinculación Voluntaria que ofrece diversos beneficios para los agentes públicos de planta permanente del Poder Ejecutivo provincial y de los organismos de control interno. Esta iniciativa proporciona a los empleados interesados una oportunidad para desvincularse con condiciones favorables.

La ley alcanza a personal de planta del Poder Ejecutivo y organismos de control interno y excluye a ciertos grupos de empleados, como el personal policial, de servicio penitenciario y docente. También quedan fuera aquellos que perciban una jubilación, retiro o prestación equivalente, con la excepción de quienes reciban una pensión derivada o directa por fallecimiento.

Asimismo, no podrán acceder los empleados que estén en proceso penal o disciplinario con cargos que puedan derivar en sanción de cesantía o exoneración, ni aquellos que se encuentren en condiciones de jubilarse o les falten hasta cinco años para hacerlo. Funcionarios, autoridades superiores, personal transitorio y quienes hayan presentado la renuncia pendiente de aceptación también están excluidos.

Uno de los beneficios destacados por el Gobierno es la mejora en la liquidación final, que ahora incluye una suma equivalente a 1,2 sueldos por cada año de antigüedad, o por fracción mayor a seis meses. Este ajuste supone una mejora significativa en comparación con el régimen anterior, proporcionando una compensación más justa para los años de servicio prestados.

Además, los agentes que opten por este régimen mantendrán la cobertura de la obra social IPROSS durante un año, sin costos adicionales de aportes y contribuciones. El Gobierno Provincial se encargará de bonificar estos costos, asegurando la continuidad de los servicios de salud para los empleados y sus familias sin interrupciones.

Otra ventaja importante es la exención de tributos provinciales para los agentes que, tras desvincularse, inicien actividades económicas unipersonales en la provincia. Asimismo, las empresas que contraten a personal desvinculado dentro de los 12 meses posteriores también recibirán exenciones fiscales, incentivando la reintegración laboral de estos trabajadores y fomentando el emprendimiento local.

Para adherirse al régimen, los agentes deben completar un formulario de adhesión disponible en el área de Recursos Humanos de su organismo, acompañado de los certificados de antecedentes penales correspondientes. Recursos Humanos iniciará el trámite, incluyendo un informe de la máxima autoridad de su jurisdicción sobre la conveniencia de la desvinculación. La Secretaría de la Función Pública emitirá un dictamen, y en caso de ser favorable, el agente tendrá 5 días para aceptar o desistir de la desvinculación.

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