Ayer concluyó en General Conesa el juicio contra Eduardo Morello, acusado del homicidio de Beimar Llanos Condori, ocurrido el 7 de agosto de 2023. La Fiscalía calificó el crimen como un acto de odio vinculado a la nacionalidad boliviana de la víctima. En su declaración durante el juicio, Morello describió los hechos alegando que el disparo fue accidental y se produjo en respuesta a un enfrentamiento.
Durante su testimonio, Morello relató que los acontecimientos comenzaron con una disputa verbal. “Me voy para mi casa y me empieza a gritar, que soy un chorro, que soy un estafador, que si quieres plata anda a laburar”, aseguró. Según explicó, la discusión escaló hasta que decidió tomar una escopeta y dirigirse hacia donde se encontraba Llanos Condori.
Sobre el momento del disparo, Morello afirmó que intentó apuntar hacia las piernas de la víctima con el propósito de disuadirlo. “Se agacha como que se viene encima. Y cuando se agacha y se viene encima, yo levanto la escopeta y disparo. Y disparé como para darle en la pierna”, sostuvo. Sin embargo, argumentó que la maniobra con el arma no fue controlada correctamente. “Toda arma tiene un retroceso... se me fue para arriba”, explicó, atribuyendo la fatalidad a un error en la manipulación de la escopeta.
El acusado también mencionó su reacción inmediata tras el disparo. “Cuando escucho a Beimar que le dice al hijo: llama a tu mamá, agarré el teléfono y llamé a la policía. Y pedí una ambulancia”, relató, defendiendo su intención de buscar ayuda tras el hecho.
La Fiscalía sostiene que el crimen fue motivado por prejuicios hacia la nacionalidad de Llanos Condori y calificó el acto como un homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y el odio hacia la nacionalidad. Como parte de la evidencia, se presentaron mensajes de redes sociales atribuidos a Morello, que incluyen expresiones discriminatorias.
El caso, que incluye testimonios clave como el del hijo de la víctima, quien presenció el hecho, se encuentra en manos de un jurado popular. Su decisión deberá establecer si el crimen se enmarca en un acto de odio o si la versión de exceso de legítima defensa presentada por la defensa es válida.
12 diciembre 2024
Judiciales