Este miércoles, la Legislatura de Río Negro aprobó en segunda vuelta el
Código Procesal Constitucional, una iniciativa impulsada por el Superior
Tribunal de Justicia, que regulará los juicios de inconstitucionalidad, los
conflictos de poderes, y otras acciones procesales constitucionales, como el
hábeas corpus, hábeas data y amparos. La aprobación se dio a pesar de las
críticas de distintos sectores que alertaban sobre la posible restricción de
derechos a los ciudadanos.
El proyecto fue respaldado por la mayoría de los parlamentarios presentes, y
su implementación tiene como objetivo centralizar en un solo cuerpo normativo
todas las disposiciones relacionadas con los procesos constitucionales. El
legislador Lucas Pica (JSRN), quien fundamentó la iniciativa en primera vuelta,
destacó que la nueva ley proporcionará mayor seguridad jurídica y
previsibilidad a los ciudadanos al establecer de manera clara las reglas de
acceso a los tribunales rionegrinos en estos casos.
Pica señaló que el Código Procesal Constitucional también busca evitar la
"dispersión" de normas existentes y, al mismo tiempo, resguardar a
los ciudadanos de posibles abusos políticos. En este sentido, comentó que la
ley permitirá prevenir la "ordinarización" de los amparos, protegiendo
a los vecinos de las consecuencias de decisiones políticas que, según dijo, a
menudo terminan perjudicando a los ciudadanos.
Sin embargo, la aprobación de este Código no estuvo exenta de controversia.
Distintos sectores de la comunidad, incluidos algunos abogados y organizaciones
civiles, expresaron su preocupación por los posibles efectos restrictivos que
podría tener la nueva ley sobre los derechos ciudadanos. A pesar de los
reclamos, la propuesta pasó a ser ley, y se espera que su implementación ayude
a mejorar la administración de justicia en temas constitucionales en la
provincia.
Además del Código Procesal Constitucional, en la misma sesión se aprobaron
otros dos proyectos relevantes: el nuevo Código Procesal Administrativo y el
Código Procesal Civil y Comercial. El primero establece competencias procesales
y procedimientos para las instancias judiciales relacionadas con temas
administrativos, mientras que el segundo aborda cuestiones civiles y
comerciales, con modificaciones que buscan armonizar y mejorar la redacción y
tiempos verbales, incorporando sugerencias de expertos en derecho.
20 diciembre 2024
Río Negro