El Gobierno de Río Negro presentó en la Legislatura provincial el paquete fiscal correspondiente al Ejercicio 2026, que incluye modificaciones al Código Fiscal, a las leyes base y la Ley Impositiva Anual. La iniciativa fue expuesta por el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación, Alejandro Palmieri, durante una reunión plenaria de comisiones, donde se detallaron los principales lineamientos tributarios previstos para el próximo año.
Según lo informado, el paquete fiscal mantiene la orientación general de la política tributaria aplicada por la actual administración, con el objetivo de sostener los niveles de recaudación y, al mismo tiempo, preservar criterios de igualdad, equidad y progresividad del sistema. Los proyectos contemplan ajustes puntuales tras dos años de modificaciones estructurales, con foco en la seguridad jurídica de las y los contribuyentes y en la eficiencia del esquema recaudatorio.
En la presentación se indicó que las propuestas no implican incrementos en la carga tributaria general. En ese sentido, se explicó que los impuestos con mayor cantidad de contribuyentes, como el Automotor y el Inmobiliario, presentarían una menor carga fiscal en comparación con el ejercicio vigente, de acuerdo con los parámetros planteados para 2026.
Uno de los puntos centrales de la Ley Impositiva Anual es la reducción al 1% de la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, así como para la distribución de gas natural y combustibles gaseosos por tuberías. Con esta modificación, Río Negro pasaría a contar con la alícuota más baja del país para ese sector. Desde el organismo recaudador se señaló que esta medida impactaría en los costos energéticos del sector residencial, industrial y del conjunto de las actividades económicas de la provincia.
En términos generales, se informó que se mantienen las alícuotas de Ingresos Brutos vigentes durante 2025, conservando una estructura que, según se expuso, resulta comparativamente menos gravosa que la aplicada en otras jurisdicciones provinciales.
Respecto de los impuestos patrimoniales, el proyecto propone una actualización interanual del 25% en la fórmula de valuación fiscal del Impuesto Inmobiliario, porcentaje que se ubica por debajo del Índice de Precios al Consumidor del período fiscal actual. En el caso del Impuesto a los Automotores, se ratifica la aplicación de topes al incremento anual, con un límite máximo del 25% respecto del monto abonado en 2025, además de la continuidad de una exención del 50% para vehículos de movilidad sustentable durante el ejercicio 2026.
El paquete fiscal también incorpora una modificación al régimen de exenciones del Impuesto Inmobiliario para inmuebles pertenecientes a entes estatales nacionales, provinciales o municipales. La exención solo se aplicará cuando los bienes estén efectivamente destinados al cumplimiento de funciones públicas. En caso de que los inmuebles sean utilizados por particulares para fines no estatales, se prevé el pago del impuesto correspondiente o la identificación del usuario para su correcta imputación tributaria.
En materia de beneficios fiscales, se ratifican bonificaciones vinculadas al cumplimiento en término de las obligaciones tributarias. Entre ellas, se mantiene una bonificación del 5% en los impuestos Inmobiliario y Automotor para contribuyentes sin deuda o con deuda regularizada, un descuento del 20% por pago total anual para quienes no registren deuda al 31 de diciembre de 2025, y una bonificación adicional del 10% por adhesión al débito automático. Asimismo, se renueva el régimen especial para la Línea Sur, con reducciones en los impuestos Automotor e Inmobiliario rural para las localidades alcanzadas.
El proyecto también contempla actualizaciones en el Impuesto de Sellos, con incrementos del 25% en determinados importes fijos y el mantenimiento de la alícuota cero para la compra de vehículos utilitarios 0 kilómetro destinados a actividades específicas, bajo condiciones de inscripción y facturación. Además, se establece que, en operaciones con múltiples garantías personales, el tributo se calculará sobre una sola garantía.
Durante el tratamiento en comisión, legisladores y legisladoras realizaron consultas y plantearon observaciones. Se mencionó la necesidad de analizar exenciones otorgadas a productores de actividades primarias con mayor capacidad económica, se señalaron aspectos vinculados a la facultad del Poder Ejecutivo para modificar topes del Impuesto Automotor y se propusieron ajustes en la reclasificación de determinadas actividades productivas, algunas de las cuales serían incorporadas al proyecto.

16 diciembre 2025
Río Negro