Ya rige la restricción de beneficios para delitos graves en Río Negro

El Gobierno reglamentó la reforma a la Ley de Ejecución Penal y dejó operativo el nuevo régimen para las personas condenadas por determinados delitos

Comentar

Las restricciones a las salidas transitorias y a los beneficios de libertad anticipada para personas condenadas por delitos graves ya están reglamentadas en Río Negro. El Gobierno provincial puso en vigencia la modificación de la Ley S Nº 3008 de ejecución penal, sancionada recientemente por la Legislatura.

La reglamentación establece las condiciones para la aplicación efectiva de los cambios introducidos en la legislación provincial y alcanza a quienes cumplen condenas por delitos incluidos en el nuevo régimen. La medida modifica el esquema vigente para el acceso a determinados beneficios durante la ejecución de las penas.

Entre los delitos alcanzados se encuentran homicidio simple y agravado, delitos contra la integridad sexual, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo cuando se produce la muerte de la víctima.

El régimen rionegrino también contempla restricciones para delitos que fueron incorporados por la Provincia y que amplían el alcance respecto de la normativa nacional. En ese listado figuran cohecho, grooming, delitos contra la administración pública y enriquecimiento ilícito de funcionarios.

El gobernador Alberto Weretilneck sostuvo que la reglamentación forma parte de las medidas que la Provincia viene impulsando en materia de seguridad y justicia. Planteó que el objetivo es que las personas condenadas por los delitos incluidos en la reforma cumplan las penas impuestas por la Justicia y que las víctimas tengan un lugar central dentro del sistema.

La nueva reglamentación se incorpora además al conjunto de modificaciones que Río Negro viene realizando sobre el régimen penal. Weretilneck vinculó esta medida con las reformas sobre reiterancia y doble condena, que también apuntan a modificar las condiciones bajo las cuales una persona puede permanecer en libertad mientras avanza un proceso penal o después de una condena.

En particular, el Gobernador señaló que la Provincia busca evitar situaciones en las que una persona condenada por un delito grave pueda acceder a beneficios que reduzcan el tiempo efectivo de cumplimiento de la pena. La reglamentación permite ahora aplicar las restricciones previstas por la reforma provincial.

La decisión también fija un criterio específico para los delitos contra la administración pública. De esta manera, las restricciones no quedan limitadas a hechos violentos o contra la integridad sexual, sino que alcanzan también a conductas como el cohecho y el enriquecimiento ilícito de funcionarios.

La reforma provincial tiene como antecedente las modificaciones aplicadas en otras jurisdicciones y la legislación nacional. Mendoza había avanzado en un esquema similar en 2012, mientras que en 2017 se sancionó la Ley Nº 27.375, que estableció restricciones para el acceso a determinados beneficios en casos de delitos graves.

En Río Negro, la Legislatura optó por modificar la Ley S Nº 3008, que regula la ejecución de las penas privativas de la libertad en el ámbito provincial. Con la reglamentación dictada ahora por el Ejecutivo, el nuevo régimen deja de ser una modificación legislativa pendiente de aplicación y pasa a contar con las condiciones necesarias para su implementación.

Weretilneck sostuvo que la medida busca poner el foco también en las personas afectadas por los delitos y en el cumplimiento efectivo de las condenas. La reglamentación constituye, de este modo, el paso que completa la puesta en marcha de las restricciones aprobadas por la Legislatura.

A partir de esta reglamentación, el régimen de ejecución penal de Río Negro incorpora formalmente las nuevas limitaciones para el acceso a beneficios en los casos alcanzados por la reforma.

Tambin te puede interesar...