Techo Digno: el STJ revisará la absolución del ex intendente Gennuso

El máximo tribunal rionegrino abrió la queja de la Fiscalía por la absolución de Gustavo Gennuso y dará a conocer su sentencia el 5 de noviembre

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La causa Techo Digno tendrá una definición clave el 5 de noviembre, cuando el Superior Tribunal de Justicia dará a conocer su primera sentencia vinculada a los expedientes por la construcción de viviendas a través del programa nacional. El máximo tribunal rionegrino admitió abrir la queja presentada por la Fiscalía contra la absolución del exintendente de Bariloche, Gustavo Gennuso.

La decisión implica que el STJ se avocará al tratamiento de la cuestión de fondo. La sentencia será leída el 5 de noviembre a las 12, luego de la audiencia en la que las partes expusieron sus argumentos sobre la absolución dictada en favor del exjefe comunal.

El tribunal estuvo presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Piccinini, Sergio Ceci y Cecilia Criado. La conformación se completó con Adrián Zimmermann, juez del Tribunal de Impugnación que intervino en subrogancia.

La acusación estuvo representada por el fiscal general Fabricio Brogna, mientras que la defensa de Gennuso quedó a cargo de Manuel Maza y Luciano Perdriel. El exintendente participó de la audiencia de manera remota, a través de Zoom.

Tras los planteos iniciales de la Fiscalía y la Defensa, el tribunal pasó a un cuarto intermedio. Al retomar la audiencia, el STJ resolvió por mayoría abrir la queja en su totalidad, al considerar que la Fiscalía había brindado argumentos suficientes sobre una posible sentencia arbitraria.

La resolución del tribunal sostuvo que esa supuesta arbitrariedad, de confirmarse, podría habilitar la interposición de un recurso extraordinario penal. Con esa decisión, la audiencia continuó ya enfocada en el tratamiento del recurso.

El debate se concentró en tres puntos principales: el principio de congruencia, la eventual arbitrariedad de la sentencia absolutoria y la discusión sobre si existió o no sustracción de fondos de las esferas de control.

Brogna sostuvo que Gennuso “sustrajo” los fondos del control y afirmó que el exintendente habría admitido esa situación, con el argumento de que lo hizo “para no perderlos”. La Fiscalía también planteó que una eventual condena por una calificación menor al peculado, como administración fraudulenta, no implicaría una violación del principio de congruencia.

La defensa rechazó esa interpretación. Maza sostuvo que los fondos permanecieron siempre dentro de la órbita municipal y, por lo tanto, no salieron de los controles públicos. También argumentó que peculado y malversación son delitos distintos, por lo que una condena por una figura menor afectaría el derecho de defensa.

Además, la defensa planteó que la eventual figura de malversación se encontraría prescripta. Luego de escuchar a las partes, el STJ dispuso que la sentencia será leída el 5 de noviembre a las 12.

La resolución que se conocerá ese día será la primera del Superior Tribunal en una causa vinculada al programa Techo Digno, que reúne expedientes relacionados con la construcción de viviendas financiadas por Nación en distintas localidades.

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