El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó la apelación presentada por Primero Río Negro contra la denominación y los emblemas de la alianza electoral transitoria La Libertad Avanza en Bariloche, que participará de las elecciones de convencionales constituyentes de esa ciudad previstas para el 1 de noviembre. El tribunal consideró que el planteo fue presentado fuera de la etapa correspondiente y que no podía reabrirse una instancia del proceso electoral que ya había sido cumplida.
La discusión comenzó con la resolución del Juzgado Electoral Provincial, que reconoció la alianza conformada por Pro-Propuesta Republicana, Movimiento de Apertura Democrática (MAD) y Bariloche Unido. Si bien determinó que el partido La Libertad Avanza no podía integrar formalmente ese espacio, entendió que esa circunstancia no impedía reconocer la alianza y autorizó el uso de la denominación La Libertad Avanza en Bariloche, junto con los símbolos y emblemas presentados.
Primero Río Negro apeló esa decisión y pidió que la alianza utilizara otro nombre y modificara sus símbolos. El partido planteó que la denominación correspondía a una fuerza política legalmente constituida que no integraba la alianza y advirtió sobre la posibilidad de que su utilización generara confusión entre los electores.
La alianza, por su parte, solicitó que el recurso fuera rechazado. Argumentó que La Libertad Avanza había autorizado expresamente el uso de sus atributos para la elección y sostuvo que la referencia territorial “en Bariloche” permitía identificar que se trataba de una alianza transitoria constituida específicamente para ese proceso electoral.
Una audiencia que no tuvo objeciones
Al analizar el recurso, el STJ puso el foco en el momento en que Primero Río Negro realizó su cuestionamiento. El tribunal señaló que el partido había sido debidamente citado a la audiencia del 26 de agosto, una instancia prevista por el Código Electoral para formular observaciones sobre el cumplimiento de los requisitos legales y también sobre el derecho, registro o utilización de nombres y emblemas.
Sin embargo, los representantes de Primero Río Negro no concurrieron a esa audiencia ni habían presentado observaciones previamente respecto de la denominación o de los emblemas adoptados por la alianza. Para el máximo tribunal provincial, esa audiencia constituía precisamente la oportunidad prevista por la legislación electoral para realizar ese tipo de planteos. Por ese motivo, entendió que la oposición formulada recién durante la apelación no podía prosperar.
El fallo remarcó que “las etapas de los procesos electorales que ya fueron consumadas no pueden retrotraerse”, debido a que los plazos que rigen este tipo de procesos tienen carácter perentorio. El STJ también recordó que su intervención para revisar las decisiones adoptadas por la Justicia Electoral tiene carácter excepcional. En ese marco, analizó si la resolución del Juzgado Electoral Provincial presentaba una arbitrariedad manifiesta o un error jurídico que justificara modificarla.
El tribunal concluyó que los argumentos de Primero Río Negro no demostraban la existencia de una situación de esas características. Por ese motivo, no encontró razones para intervenir sobre la decisión que había autorizado la denominación y los emblemas de la alianza. La cuestión electoral quedó así vinculada no solamente con el contenido del reclamo, sino también con el momento procesal en que fue formulado. Para el STJ, permitir que se volviera a discutir una denominación que ya había sido analizada y reconocida implicaría modificar una etapa del procedimiento que ya había quedado atrás.
Finalmente, el máximo tribunal provincial sostuvo que revisar nuevamente el nombre y los emblemas de la alianza “implicaría retrotraer el procedimiento electoral”. Con ese argumento, rechazó la apelación presentada por Primero Río Negro y mantuvo la resolución del Juzgado Electoral Provincial.
De esta manera, quedó firme la decisión que permite a la alianza conformada por Pro-Propuesta Republicana, Movimiento de Apertura Democrática y Bariloche Unido participar de la elección de convencionales constituyentes de Bariloche utilizando la denominación La Libertad Avanza en Bariloche y los emblemas que habían sido homologados.
24 septiembre 2026
Judiciales