Fundación ecológica se opone a proyecto de riego en Guardia Mitre

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Explicaron que “el caudal mínimo de agua volcado al río por las represas hidro-energéticas, actualmente establecido en 300m3, ya resulta insuficiente para permitir la función homeostática del río Negro; prueba de ello es la grave hiper-proliferación de algas presentes en el río; eutrofización que se verá incrementada con una nueva quita de 8,5m3 de agua por segundo, perjudicando de tal manera la calidad del agua a consumir río abajo de dicho emprendimiento”.
La fundamentación de la entidad señala:
“Incremento de Agrotóxicos”
Los residuos de los agrotóxicos a utilizar para el referido emprendimiento de riego, necesariamente habrán de filtrarse al curso de agua del río Negro, lo que provocará un mayor envenenamiento de la biota del río, y por ende perjudicará aún mas la calidad del agua potable a abastecer a las diversas localidades ubicadas aguas abajo del sistema de riego. (Guardia Mitre, San Javier, Viedma, Carmen de Patagones, El Cóndor).
“Incremento de Fertilizantes Agroquímicos”
Los residuos de los fertilizantes agroquímicos a utilizar habrán de filtrarse al agua del río Negro, conjunto de nutrientes que habrá de incrementar la actual eutrofización y por ende la contaminación del río Negro.
“Desmonte - Daño Colateral al Ecosistema del río Negro”
En términos ecosistémicos, la calidad del agua del río Negro se relaciona con la vitalidad de la Naturaleza que lo rodea.
La transformación, depredación y degradación ambiental que significará el desmonte de 6.500has aledañas a la costa del río Negro para desarrollar tal emprendimiento – vergonzosa e ignorante determinación por ahora permitida por el Consejo de Ecología y Medio Ambiente de Río Negro CODEMA - significará la inadmisible degeneración de un espacio natural vinculado con el equilibrio ecológico que sustenta la calidad y vitalidad del agua del río Negro.
A respecto de tal desmonte, el mismo provocará también el corte del corredor biológico de las diversas especies de índole botánica, microbiológica, entomológica, ornitológica y de la fauna de pequeños y grandes animales que cohabitan el subsuelo, suelo y espacio aéreo de este ecosistema, acción que habrá de perjudicar la fertilidad y vitalidad de los ecosistemas agrarios lindantes locales, regionales e interprovinciales.
“Criterios de Soberanía Territorial”
Evaluados según Preceptos de Limitantes Naturales, Demográficas y Existenciales
Existen criterios de Soberanía Territorial que han de ser contemplados previo a otorgar el permiso de dedicar 10.000has de valles irrigables para el cultivo de especies agrícolas, sembradas según fuera la necesidad de cualquier tipo de demanda privada.
A nivel planetario, y en especial en la República Argentina, hoy el proceso de degradación ambiental es tanto más acelerado que el tiempo preciso por la Naturaleza para recuperarse. Tal ecuación nos indica la imposibilidad de proveer, en no mas de dos generaciones, la demanda natural de energía alimentaria, calórica y combustible precisa a fin de sostener la actual estructura de concentración demográfica de nuestro país; super-población que por principios de limitantes existenciales, habrá de propender a desconcentrarse de los grandes centros urbanos, a fin de establecerse en aquéllos espacios donde sus principios elementales de supervivencia y trascendencia puedan ser satisfechos: Esto es en aquéllos territorios donde “el agua” y las “superficies de cultivo” permitan su nuevo establecimiento habitacional. Y nuestro Criterio Soberano ha de preveer y contemplar tales preceptos de limitantes naturales y principios elementales de acción humanitaria, a fin de permitir el  normal desarrollo de quienes nos sucederán.

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