7 marzo 2012
Río Negro
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Para la evaluación y la determinación de las estructuras organizativas de las instituciones del sector público, se dará cumplimiento a las disposiciones de la Ley L Nº 3.052, del Régimen de la Función Pública, y a los procedimientos previstos, siendo su autoridad de aplicación la responsable de evaluar la regularidad en la asignación de los cargos correspondientes a la planta permanente de personal.
Así propone la iniciativa que formularon los legisladores Daniela Agostino, Alejandro Betelú, Adrián Casadei, Hugo Funes, Matías Gómez Ricca, Darío Berardi, Cristina Uría y Alfredo Pega.
Fundamentaron que la Ley N° 4.735, sancionada mediante el voto de la mayoría oficialista de la Legislatura el 29 de diciembre de 2011, que promulgó el mismo día el Poder Ejecutivo mediante decreto N° 158/2011 y se publicó en el Boletín Oficial del 5 de enero de 2012, se declaró el estado de emergencia institucional, económico, financiero, administrativo y social del sector público provincial definido por el artículo 2º de la Ley Provincial H N° 3.186.
Explicaron también que “dicha norma, asimismo, establece una fuerte e inconstitucional delegación de facultades y poderes en el Poder Ejecutivo en el artículo 2º, pero en lo que a nuestro juicio resulta lo más grave, dispuso un régimen de disponibilidad bajo la pretenciosa denominación de Régimen de Transparencia del Empleo Público”.
En cuanto al capítulo II de la ley, bajo el título de “Transparencia del empleo público”, los legisladores señalaron que “se ha implantado un verdadero régimen de disponibilidad o prescindibilidad del personal de planta permanente de la administración pública tanto de orden provincial como del municipal, con algunas excepciones, pero que podemos estimar en 20.000 agentes públicos o bastante más si contamos a los empleados de planta permanente de los municipios rionegrinos, a quienes la propia ley invita a adherir”.
“Lo más grave es que por medio de este capitulo se pone en tela de juicio a todos los agentes de la planta permanente del Estado provincial con independencia de su fecha de ingreso, con honrosas excepciones en cuanto a agentes del sector docente, policial, penitenciario y con una extraña y contradictoria invitación a los Poderes Legislativo y Judicial”, sobresaltaron.
Remarcaron también que “por poner el carro delante de los bueyes, por poner primero en disponibilidad a 20.000 agentes sin discriminar supuestos, salvo sectores, para después llevar adelante un proceso en el cual no se requiere en lo más mínimo que el personal se encuentre previamente declarado colectivamente en disponibilidad, salvo que uno de los fines u objetivos de la ley, no confesado ni confesable, sea el amedrentamiento y posterior disciplinamiento del agente público, que le garantice a la autoridad provincial de turno, un manejo discrecional y arbitrario de aquellas estructuras más rígidas, permitiéndole reacomodamientos violatorios de derechos constitucionales...”.
FUENTE: Bloque ACPD
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Río Negro