“Parece necesario insistir en que despenalizar no es legalizar"

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Avanzamos en un proyecto unificado, a partir de los que llevan las firmas de Diana Conti, Ricardo Gil Lavedra, Victoria Donda, de las fuerzas políticas mencionadas. Estos proyectos, y el que impulsa Aníbal Fernández en el Senado, justifican acabadamente la necesidad de modificar la legislación vigente en la materia.

El diputado nacional, continuo diciendo “Para instalarnos en la reflexión, debe señalarse en primer término que la cuestión del consumo de drogas debe ser abordada desde una perspectiva integradora, que excede la mirada penal, y que exige dispositivos de intervención propios del sistema sanitario, de políticas educativas y sociales. En segundo término, los cambios que se sucedan al respecto, requieren determinar que acciones emprenderá cada área del Estado en relación al consumo indebido de drogas.

Actualmente, en Argentina rige la Ley 23.737 de "Tenencia y Tráfico de Estupefacientes", sancionada en septiembre de 1989,  que pena  con prisión de un mes a dos años a quien tuviera estupefacientes "cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal".

¿Quiénes van presos hoy con la ley vigente?

Mayormente jóvenes y mayormente pobres, es decir quienes provienen  de los sectores más vulnerables. Según estadísticas oficiales la gran mayoría de los detenidos por causas de infracción a la Ley N° 23.737, son jóvenes y varones, los cuales pocos tienen nivel secundario completo, fueron detenidos en la vía pública, no son personas que registran antecedentes penales, ni representaban un peligro para la sociedad.

En la actualidad, los delitos relacionados con la ley de drogas ocupan el segundo lugar entre los delitos por los que las personas se encuentran encarceladas. El caso de las mujeres detenidas en relación a drogas, merece una mirada singular. Las mujeres que en una enorme mayoría se encuentran privadas de su libertad por el delito de contrabando de estupefacientes bajo la modalidad de "mulas", también son jóvenes, en su gran mayoría con hijos pequeños, extranjeras o argentinas, lo que corrobora que se trata del último eslabón de la cadena de narcotráfico.

El Art. 19 de nuestra Constitución "Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados…”.

Del universo de personas que consumen sustancias, una gran mayoría no incurre en consumos problemáticos. Estos quedan reservados a sujetos que se hallan en una especial situación de vulnerabilidad y que requieren de otra intervención, que excede la respuesta penal. Sostener esa ley, vale recordarlo,  lleva a la durísima experiencia de la cárcel a quién sólo hizo ejercicio de su libertad individual.  Condenar a un usuario es estigmatizarlo y discriminarlo. Aun así,  parece necesario insistir en que  despenalizar no es legalizar. Y que no es lo mismo un usuario que un adicto.

Y finalmente Oscar Albrieu, aclaró que es muy importante que se implemente el Programa Nacional de Educación para la Prevención de Adicciones y el Consumo, que básicamente plantea campañas de educación y prevención en las escuelas, e incluye también la capacitación para los docentes. Estas acciones positivas, junto a la despenalización de la tenencia para uso personal que se impulsa desde el legislativo, constituyen avances en sentido de la protección de la intimidad, de la libertad, de los derechos humanos, puesto que buscan distinguir de modo claro las acciones que debe emprender el Estado en relación a la verdadera lucha que hay que librar para combatir al delito transnacional y organizado que es el narcotráfico.

Diputado Oscar Albrieu

Presidente de la Comisión de Legislación Penal

Cámara de Diputados de la Nación

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