Reclaman mantenimiento de bibliotecas populares de Río Negro

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Los legisladores del bloque Concertación para el Desarrollo detallaron que en el año 1989 Río Negro sancionó la Ley 2.278 por la que se creó el Sistema Bibliotecario Provincial, que protege y regula el funcionamiento de todas las bibliotecas públicas y populares del territorio provincial; una ley que ha sido destacada por Ana Dobra “por sus alcances y adecuación al espíritu moderno del servicio bibliotecario público”.

Resaltaron que “para el año 2008 la provincia llegó a tener alrededor de 100 bibliotecas populares, cifra que la ubicó en séptimo lugar después de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Chubut, Neuquén y La Pampa”.

Los parlamentarios destacaron que “aunque resulte difícil de creer, el gran desafío en cualquier punto del país no es el nacimiento de una nueva biblioteca, sino su mantenimiento en el tiempo, un fondo documental escaso y desactualizado y, sobre todo, un importante déficit en materia de recursos humanos profesionales o capacitados para la tarea”.

Sostuvieron que, si bien las bibliotecas deben sostenerse básicamente con recursos propios como cuotas societarias y donaciones, la CO.NA.BIP (Comisión Nacional de Bibliotecas Populares) les ofrece una importante variedad de subsidios, planes, programas y servicios, al igual que los aportes de la Federación de Bibliotecas Populares de Río Negro, la falencia mayor se encuentra en que no se encuentra cómo subsidiar los salarios de los bibliotecarios o idóneos que en ellas trabajan .

Con la presente iniciativa, los legisladores de la Alianza solicitaron se revierta la respuesta negativa que el secretario de Cultura de la provincia, Carlos Magliarelli dió a la presidenta de la Federación de Bibliotecas Populares de Río Negro, Alicia Mabel Blanco, aduciendo entre los motivos del rechazo, que las bibliotecas populares son asociaciones autónomas, que le corresponde a las comisiones directivas de cada biblioteca la propuesta del personal que se desempeñará en cada institución, que las múltiples tareas que debe realizar un bibliotecario como son las de informar, formar y constituirse en animador sociocultural no pueden ser desarrolladas por docentes que -por el motivo que fuere- no están en condiciones psicofísicas de estar frente a un aula y que para llevar adelante esas tareas se requiere de bibliotecólogos, o en su defecto de recursos humanos capacitados para la atención de usuarios de todas las edades y sectores sociales.

Para finalizar, los parlamentarios hicieron hincapié en que la ley provincial es muy clara, ya que designa como autoridad de aplicación a la Subdirección Provincial de Bibliotecas, dependiente de Cultura; que compromete al Estado rionegrino con subvenciones anuales, donaciones, subsidios y provisión de cargos bibliotecarios; y por último, dispone que “los cargos bibliotecarios provistos por el Sistema serán cubiertos por personal con título específico terciario o en caso de no contarse con personal con dicho requisito, podrán cubrirse con quienes acrediten título terciario en humanidades y/o docencia, o como mínimo, con certificados de estudios medios completos y aprobados.

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