13 septiembre 2012
Río Negro
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La misma ley autoriza al DPA a afectar en garantía las regalías hidroeléctricas que anualmente correspondan, “según la modalidad y condiciones que se acuerde con el Estado Nacional”.
En el artículo tercero se establece que en el caso que esas regalías “no se perciban a tiempo” o “no alcanzaren a cancelar los importes adeudados”, se autoriza la afectación “de los recursos provinciales provenientes de la ley nacional 23.548 de Coparticipación Federal de Impuestos o el régimen legal que lo reemplace”.
En su articulado, el proyecto impone que “el Ministerio de Economía de la provincia deberá certificar con carácter previo a la suscripción de cada convenio complementario de ejecución de préstamo, el cumplimiento de los principios y parámetros de la ley nacional de Responsabilidad Fiscal, a los que la provincia adhirió mediante la ley 3.886”.
El artículo sexto faculta al Ministerio de Economía “a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias con el fin de cumplimentar la presente norma”.
10 enero 2025
Río Negro