Trabajo conjunto para difundir zonas y usos de los cuatriciclos en El Cóndor

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De esta manera, a quienes ingresen a El Cóndor con un cuatriciclo, se les entregará la ordenanza y también un mapa con la única zona de playa habilitada para circular con este tipo de vehículos.

Luego, la Policía y los inspectores serán los encargados de realizar las actividades preventivas y, eventualmente, sancionatorias.

Según la ordenanza Nº 3939 del 2004 se encuentra prohibido el  tránsito de estos vehículos en cualquier zona de playas quedando establecido como sector delimitado para su circulación desde el monolito del Sargento Pannes, en la desembocadura del rio Negro, hasta la intersección de las calles 87 y 2 de la Villa Marítima, denominada como zona 5 “para pesca con redes y tramallos y reserva para juegos deportivos”.

En cuanto a los requisitos para transitar se solicita patente, comprobantes del seguro, licencia de conducir según categoría habilitante conforme la cilindrada, cedula del vehículo, casco, silenciador de escape que amortigüe las explosiones del motor, luces delanteras y traseras, y espejos retrovisores.

Además, está prohibido efectuar zig-zig, circular dos o más en forma paralela, realizar maniobras acrobáticas o violentas poniendo en riesgo su integridad física o la de terceros.

El incumplimiento de las normativas vigentes es causal de secuestro y de aplicación de multas.

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