La modificación propuesta es que la autoridad de aplicación que actualmente es el Ministerio de Familia (hoy Ministerio de Desarrollo Social) pase a ser el Ministerio de Salud.
Pesatti explicó que “históricamente las normas que regulan el funcionamiento de los hogares de ancianos (habilitaciones, fiscalización, sanciones) fueron aplicadas y ejecutadas por el Ministerio de Salud (o Secretaría de Salud), a través de áreas específicas en la materia, fundamentalmente por el control que en materia sanitaria efectúa el organismo”.
Señaló que “es el Ministerio de Salud quien cuenta en su organización administrativa con los recursos materiales y humanos especializados en la problemática, y no el Ministerio de Desarrollo Social, cuya infraestructura en el área de la Tercera Edad es más reducida y su actividad abocada puntualmente al cuidado del anciano con necesidades básicas insatisfechas”.
En la actualidad, la norma no sólo regula la actividad de hogares de adultos mayores donde son alojados personas con escasos recursos (derivados por el Ministerio de Desarrollo Social), sino también todo tipo de geriátricos instalados en la provincia, con o sin fines de lucro, incluso interviene como autoridad sanitaria sobre las instituciones que prestan el servicio geriátrico a particulares, quienes pagan por esa prestación y cuyos usuarios no encuadran en la población objetivo que atiende el Ministerio de Desarrollo Social.

24 diciembre 2025
Río Negro