Piccinini: “El intento de juicio político a los integrantes del Tribunal de Cuentas se cayó estrepitosamente”

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Piccinini recordó que el ex Legislador Nelson Daniel Cortes pidió el Juicio Político a dos de los miembros del Tribunal de Cuentas. Esto ingresó a la Legislatura en el 26 de Setiembre del corriente año.

“Con celeridad, dada la envergadura del asunto la Comisión Acusadora encargada de sustanciar el análisis de la denuncia y la procedencia o no de la misma, se reúne  y solicita al Legislador mandato cumplido y denunciante la ratificación de lo denunciado contra los miembros del Tribunal de Cuentas. Eso consta en el Acta N° 1  del 2 de Octubre de 2014. La ratificación solicitada a Cortes se concreta con fecha 9 de Octubre de 2014”, dijo.

Subrayó que según la Ley N° 4340, que regula el procedimiento de Juicio Político, el plazo para que esta Comisión Acusadora (equiparable al Sumariante en materia de incumplimientos laborales) se expida sobre la denuncia, es PERENTORIO. Esto significa que transcurridos los 40 días hábiles que la Ley mencionada impone y que se cuentan desde la ratificación de la denuncia por parte del denunciante la Comisión debe o levantar cargos contra los denunciados o en su caso pedir el archivo por infundadas las denuncias. “Pero irremediablemente haga una cosa o la otra o no haga nada a los 40 días el plazo  marca la terminación de su labor”, expresó Ana Piccinini.

Añadió que “aquí el tratamiento está todavía dentro del plazo, los 40 días habrían expirado el día 11 de Diciembre de 2014”.

“Entonces por qué digo que el Juicio Político a los integrantes del Tribunal de Cuentas se cayó?”, se preguntó. E inmediatamente respondió que “de acuerdo a lo que la Ley manda sin lugar a ningún tipo de interpretación, el Juicio Político debe sustanciarse dentro del periodo ordinario de sesiones de la Legislatura”.

En ese sentido, citó el artículo 24: “Computó de los Plazos. Los plazos se computan en días hábiles dentro del periodo ordinario desesiones y se empezaran a contar para la Comisión Acusadora desde el momento en que se ratifique la denuncia…”.

El período Ordinario de sesiones terminó el día 30 de noviembre de 2014. Este no fue prorrogado. Facultad que expresamente  tiene la Legislatura  según el art. 134 de la Constitución Provincial y que no ejerció. Por lo tanto, el plazo perentorio de 40 días de la Comisión quedó absorbido dentro del período Extraordinario el que irremediablemente “aniquiló todo el trámite”.

“La Constitución no quiere que estos temas se traten en Extraordinarias. Y cuando el final del art.24 de la Ley N° 4340 habla de habilitar el receso para un pedido de Juicio Político se refiere al receso del mes de Julio, donde estamos atravesando el período ordinario de sesiones, concluyó la legisladora.

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