El comunicado en cuestión, publicado 72 hs antes de las elecciones del pasado domingo 14, por algunos medios gráficos y radiales? de la región, según el mencionado parte de prensa de la IV Circunscripción del Poder Judicial, tiene un marcado tinte electoralista que buscaba perjudicar no sólo ?al ministro Fabián Galli al ser funcionario de confianza del gobernador electo, sino también a su familia, amistades y entorno de trabajo.
A través del presente comunicado se pretende haya una actuación inmediata por parte de la Fiscalía para resolver y aclarar la denuncia, poniendo a disposición del fiscal de la causa todos los elementos que sean requeridos, como personas transparentes y de derecho que cumplen la función pública en el ámbito municipal de Contralmirate Cordero.
Se torna asimismo inaceptable que el camarista penal Guillermo Baquero Lazcano se extralimite en realizar juicios de valor y poner? en duda la integridad de un funcionario público, como cuando menciona textualmente “no puedo dejar de decir que me resulta más que llamativo lo advertido en la copia del boleto de compraventa (...) el intendente de Contralmirante Cordero le vendió a la empresa Desarrollo Sagarment S.A semejante lote a razón de $3.50 el m2, lo cual no requiere de mayores comentarios ante lo irrisorio del precio (...) ante el precio vil, como mínimo debe investigar de oficio la Justicia Penal, puntualmente la fiscalía que corresponda ante la sospecha que pudiera estarse frente a un hecho supuestamente delictivo en perjuicio del patrimonio de la intendencia”. Todo ello dicho sin tener en cuenta que la venta del lote en cuestión, destinada a un parador turístico sobre ruta 151, es una venta con cargo, esto refiere a que si el inversor no realiza el emprendimiento proyectado en un plazo determinado (24 meses en este caso) el Municipio toma nuevamente posesión del mismo. Tampoco se aclara el volumen de inversión que la empresa realizará para dicho emprendimiento, teniendo en cuenta que es un lote que no posee servicio alguno. Y más aún, al no aclarar que el Concejo Deliberante local aprobó por unanimidad dicha operación (Ordenanza Nro 059/13). Se omitió considerar además que el emprendimiento se encuentra enmarcado en las finalidades establecidas en la Carta Orgánica municipal de fomentar el desarrollo residencial ?y empresarial, y? que existen centenas de lotes transferidos a vecinos con finalidad social, como asimismo a comerciantes que eligieron radicarse en la ciudad y cumplir con los compromisos de obras impuestos por el Municipio y establecidos en los contratos respectivos.
Por último cabe aclarar que las tierras del referenciado Lote G han sido transferidas por normas provinciales al estado municipal de Contralmirante Cordero, resultando llamativo que personas que habitan en la localidad de Campo Grande ocupen y usurpen habitualmente tierras de jurisdicción municipal de Cordero, con evidente apoyo político para ello.
Por último, reiteramos nuestro rechazo y repudio a las consideraciones vertidas en el fallo judicial, que extralimitándose en el thema decidendum que debía resolver y sin contar con antecedente alguno, el juez Guillermo Baquero Lazcano sembró sospechas públicas frente a las acciones de los funcionarios municipales y el órgano deliberativo local.
16 noviembre 2024
Opinion