Desde hoy lunes 7 y hasta el domingo 13 de junio, el
Ministerio de Salud de Río Negro dispuso una serie de medidas destinadas a
minimizar los contagios de COVID-19. Las disposiciones son similares a las
establecidas la semana pasada.
Circulación
- Restricción de circulación entre las 20:00 horas y las
06:00 horas. Quedan exceptuados:
a) Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto
Nacional Nº 78/21
b) Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio
para el expendio de combustibles.
c) Las personas que estén asistiendo o regresando a sus
hogares procedentes de locales gastronómicos, con comprobante de reserva o
consumición, siempre que se encuentren dentro del lapso temporal estipulado.
Quedan suspendidas estas actividades
a) Las reuniones sociales en domicilios particulares,
salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire
libre de más de cinco personas.
c) La realización de eventos culturales, sociales,
recreativos y religiosos, tanto en lugares cerrados como al aire libre.
d) La actividad de clubes deportivos y cualquier otra
actividad deportiva de carácter grupal o que implique aglomeración de personas,
tanto en espacios cerrados como al aire libre.
e) Las actividades de casinos, bingos y discotecas.
f) La realización actos públicos, protocolares,
aniversarios y fiestas populares que puedan implicar afluencia de público.
g) La realización de eventos, encuentros y competencias
deportivas, profesionales o amateurs, en espacios públicos o privados, sean
éstos cerrados o al aire libre. Queda autorizada la realización de las
competencias oficiales “Torneo Federal A” de fútbol y “Liga Argentina de
Básquet”, de acuerdo a los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias
nacionales y/o provinciales, sin asistencia de público.
h) La actividad de cines, teatros, museos, bibliotecas,
centros culturales y establecimientos afines.
Habilitaciones especiales
a) Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.)
podrán funcionar hasta las 23:00 horas, con un máximo del 30 % del aforo en
relación con la capacidad máxima habilitada. Los propietarios, empleados y
aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de
cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de
los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso,
debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.
En todos los casos deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre,
instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la
utilización de espacios públicos al aire libre.
b) Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar
respetando el horario de circulación habilitado, de acuerdo a los protocolos
vigentes.
c) Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente
para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.
d) Los jardines maternales, sin dependencia del
Ministerio de Educación y Derechos Humanos, podrán funcionar en sus horarios
habituales.
e) Los gimnasios y estudios de disciplinas deportivas
podrán funcionar respetando el horario de circulación permitido, con un máximo
del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada
y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.
Dictado de clases
Continuarán las clases y actividades presenciales,
exclusivamente en los niveles inicial, primario y educación especial, en las
ciudades y localidades detalladas a continuación, en las que seguirá suspendida
la presencialidad en los niveles secundario y superior.
Esta decisión se adopta luego de haber realizado una
evaluación conjunta de la situación epidemiológica imperante con el Ministerio
de Educación y Derechos Humanos, y considerando especialmente la posibilidad
del retorno de la presencialidad en aquellas localidades que registran una
tendencia decreciente en la curva de contagios de COVID-19.
1. San Carlos de Bariloche
2. Dina Huapi
3. Pilcaniyeu, Cerro Alto, Pichi Leufu Arriba, Pichi
Leufu Abajo
4. Maquinchao
5. Los Menucos
6. Sierra Colorada
7. Ministro Ramos Mexía
8. Guardia Mitre
9. General Conesa
10. El Cuy
11. Ñorquinco
12. Aguada de Guerra
13. Aguada Guzmán
14. Cerro Policía
15. Comicó
16. El Caín
17. Mencué
18. Naupa Huen
19. Ojos de Agua
20. Pilquiniyeu
21. Pilquiniyeu del Limay
22. Prahuaniyeu
23. Río Chico – Río Chico Abajo
24. Villa Llanquín
25. Villa Mascardi
26. Yaminue
27. Paso Flores, Corralito
En el resto de la provincia sigue suspendido el dictado
de clases presenciales y de las actividades educativas no escolares
presenciales en todos los niveles y modalidades.

20 enero 2026
Río Negro