Una jueza de Familia de Roca ordenó a un hombre compensar económicamente a
su expareja durante los próximos 23 años, tras una separación que evidenció una
profunda desigualdad patrimonial. La mujer, de 53 años, se encontró sin bienes
propios, sin aportes jubilatorios y con escasas posibilidades de inserción
laboral luego de haberse dedicado a la crianza de seis hijos y a la
administración de negocios familiares.
El matrimonio se había iniciado con escasos recursos y, con el tiempo,
acumuló un vasto patrimonio compuesto por unas 8.000 hectáreas de campo con
regalías petroleras, múltiples viviendas y 14 vehículos. Sin embargo, todos los
bienes quedaron a nombre del hombre, mientras que la mujer, a pesar de haber
participado activamente en el crecimiento económico de la familia, no figuraba
como propietaria de ninguno.
La demanda presentada ante la Justicia argumentó que la mujer vivió “en una
cárcel de cristal”, donde, si bien tenía sus necesidades cubiertas, dependía
completamente de su pareja. Durante la convivencia, no pudo acceder a un empleo
propio ni continuar con su educación, lo que la dejó en una situación de
vulnerabilidad tras la separación.
La jueza sostuvo que la compensación económica es un mecanismo para corregir
la desigualdad patrimonial derivada de la ruptura y destacó que cualquier
integrante de la pareja puede solicitarla si queda en una situación de
desventaja. Para fijar el monto, se tuvieron en cuenta factores como la
diferencia patrimonial entre ambos, la dedicación a la familia, la edad y la
posibilidad de la mujer de reinsertarse en el mercado laboral.
Además, una pericia psicológica acreditó que la mujer fue víctima de
violencia económica y emocional durante la relación. Esto influyó en la
decisión de la jueza, quien determinó que el hombre deberá abonar una suma
equivalente al 20% de sus ingresos mensuales durante los próximos 23 años, con
un piso mínimo de tres salarios mínimos.
El fallo busca permitir que la mujer recupere estabilidad financiera y
adquiera herramientas para su autonomía, garantizando su acceso a un sistema de
seguridad social y laboral acorde a su nueva realidad.
31 marzo 2025
Judiciales