Roca: ATE realizó protestas y lanzó plebiscito por "insuficiencia salarial" en la Municipalidad

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El sindicato también anunció en una conferencia de prensa realizada en el lugar, el lanzamiento de un plebiscito del que participarán los empleados de la comuna y la realización de una presentación judicial por considerar que "el aumento de salarios firmado por el Intendente Martín Soria violenta el orden jurídico vigente y afecta de manera directa el interés general".
 
La referida consulta se iniciará el próximo viernes 29 de julio y el gremio instalará urnas en las distintas áreas municipales para que los empleados de la comuna puedan participar y emitir su opinión en relación al último incremento acordado en la Secretaría de Trabajo, pronunciándose por su aceptación o rechazo. SE estima que la consulta dure una semana y finalice luego que las urnas recorran todos los sectores, incluyendo los Centros Educativos Comunitarios Infantiles (CECIs).

La recomposición final de los haberes promedia el 32%, si se suma el último 15% otorgado en cuotas al 17,5% percibido en el primer semestre, ubicándose muy por debajo de la inflación anual proyectada que alcanza el 47,2%.

Por otro lado, desde ATE se anunció que en las próximas horas se presentará un reclamo administrativo colectivo para demandar el blanqueo y la incorporación de las sumas no remunerativas otorgadas al haber básico de todos los trabajadores.

"El verdadero debate tiene que ser sobre si un Intendente, por su carácter de funcionario público, puede violar las leyes a la hora de otorgar un aumento. En este momento tenemos un Municipio que exige, casi acosando a los vecinos para que cumplan con sus obligaciones, pero es el primero en actuar al margen de la ley", detalló Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE y CTA Río Negro y destacó que "no contribuye a la imagen de Soria el hecho de generar el desfinanciamiento de la seguridad social, evadir aportes a la AFIP y mentir aportando por salarios que no son reales a la obra social provincial. Este aumento produce un doble perjuicio. Afecta de manera directa a la comunidad e indirectamente a todos los trabajadores”.

"El aumento recientemente acordado es inválido jurídicamente ya que se establece el otorgamiento de sumas no remunerativas como incremento de salarios y se desconoce de esta manera Instituciones esenciales del Derecho del Trabajo y este defecto jamás puede ser convalidado por autonomía de las partes o por homologación estatal", agregaron.

También afirmaron que "se viola el artículo 7 de la Ley 14.250 que establece como validez de estas cláusulas, que las mismas sean más favorables a los trabajadores y no afecten el interés general".

"El Poder Ejecutivo Local otorgó sumas que al ir en bruto al trabajador y por esa razón no devengar aportes ni contribuciones, perjudica de un modo directo al sistema de la seguridad social y a la vez perjudica indirectamente al propio trabajador porque no sirven como base para el cómputo del Sueldo Anual Complementario (aguinaldos) y de los demás adicionales y modificaciones", añadieron.

Por último, el sindicato señaló todos los precedentes en la Justicia y antecedentes de otros organismos que "señalan la ilegalidad de los aumentos de esta naturaleza, señalando que las partes no pueden pactar acuerdos mediante los cuales modifiquen la naturaleza de los conceptos definidos por la legislación como salario o remuneraciones, como el adoptado en el artículo 1 del Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que define con exactitud al salario".

Dentro de los casos mencionados por el gremio se encuentran:

"El precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en el caso Díaz Paulo Vicente C/Cervecería y Malteria Quilmes año 2013.
Jurisprudencia de la Cámara Laboral, Sala 2 de General Roca, en el caso Nahuelpan Wenceslao y otros C/Municipalidad de Allen año 2014.
Laudo arbitral de la Secretaría de Trabajo en el caso ATE C/Municipalidad de Catriel año 2015".

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