El Superior Tribunal de Justicia dispuso restablecer el
normal funcionamiento de las notificaciones a domicilios reales, que habían
sido reemplazadas por notificaciones remotas durante la pandemia. La suspensión
de la presencialidad tenía el objetivo de evitar los desplazamientos en las
épocas de mayor circulación del virus.
Tal decisión trajo aparejado que se tuviera que requerir a
las partes de un proceso los teléfonos personales, así como de testigos, a fin
de avisarles mediante vías remotas.
Si bien el Poder Judicial realiza la mayoría de las
notificaciones de manera digital - a los profesionales de la abogacía, defensa
pública y otras partes del proceso- algunas notificaciones se realizan a
personas que no tienen un domicilio electrónico constituido. Por ejemplo, la de
testigos.
A principio de este año, se definieron modalidades de
trabajo que tenían como objetivo “la necesidad de dar previsibilidad a la
prestación del servicio de justicia” en el marco de la continuidad de la
pandemia.
En este marco, “se incrementó la presencialidad y también se
profundizaron los mecanismos digitales, que ya habían tenido un hito en agosto
del año pasado con la puesta en funcionamiento del expediente electrónico total
para todos los fueros”.
En cuanto a las notificaciones a domicilios, ahora se
dispuso la normalización del servicio, dejando en claro que pueden alterarse
“cuando las condiciones epidemiológicas impidan la circulación o la dificulten
gravemente”.
17 enero 2025
Judiciales