Un tribunal unipersonal de Roca dictó hoy un veredicto de
culpabilidad contra un hombre de 41 años por el delito de “abuso sexual simple
agravado por el vínculo, por la guarda y por el aprovechamiento de la
convivencia preexistente” del que fue víctima una niña de cuatro años. La
próxima instancia del proceso será la audiencia de cesura, con fecha a definir,
en la cual se determinará el monto de la pena que corresponda aplicar al
condenado dentro de los límites que imponen el Código Penal y la jurisprudencia
de aplicación obligatoria.
El juez Maximiliano Camarda dictó el veredicto de
culpabilidad en los mismos términos de la acusación que había sostenido la
fiscal Belén Calarco a lo largo de las tres jornadas del juicio oral, que se
desarrolló del 25 al 27 de agosto. Los intereses y derechos de la niña
estuvieron representados en el juicio por la defensora de menores Estela Aroca.
Al valorar la prueba presentada en el juicio, destacó las
declaraciones en Cámara Gesell que brindó la niña, en la que relató los
tocamientos, así como los informes periciales, las declaraciones testimoniales
de los y las profesionales que asistieron a la víctima y a su madre tras el
descubrimiento de los hechos y los registros de audios y comunicaciones que se
registraron inmediatamente después de que la niña contara por primera vez lo
ocurrido.
De acuerdo con la acusación, los abusos ocurrieron en
Roca durante los meses de enero y febrero de 2019, cuando la niña estaba bajo
el cuidado del acusado.
El juez fundamentó que en este tipo de delitos, que
“ocurren entre cuatro paredes, el testimonio de la víctima resulta el
testimonio más relevante”. También destacó que los niños y niñas que resultan
víctimas de abuso logran contar lo sufrido “como pueden, cuando pueden y ante
quien pueden”, por lo que un develamiento tardío no es un indicio de falsedad.
En este caso, la niña pudo relatar a su madre lo ocurrido cuatro meses después,
en medio de una crisis de angustia.
Por otra parte, en función de la prueba exhibida, el juez
concluyó que no existió ningún “complot de la madre contra el imputado” ni
tampoco hay “nada que lleve a pesar que los dichos de la niña hayan sido
malinterpretados por todos los adultos que intervinieron luego del
develamiento”.
17 enero 2025
Judiciales