El gobierno nacional
creó el Programa "Más Cultura Joven", destinado a una franja etaria
comprendida entre los 18 y los 24 años, con el objetivo "permanente de
reducir la brecha económica existente en el acceso a los bienes y servicios
culturales" y que consiste en el otorgamiento de $5.000 a cada
beneficiario.
El programa está
dirigido a beneficiarios de todos los niveles del Programa de Respaldo a
Estudiantes de Argentina (Progresar) que funciona en la órbita del Ministerio
de Educación de la Nación y a titulares de la Asignación Universal por Hijo/a
(AUH), bajo cualquiera de sus modalidades admitidas.
Asimismo, se incluye
a titulares de la Asignación Universal por Embarazo, y a beneficiarios de
pensiones no contributivas por invalidez, siempre que posean entre 18 y 24 años
de edad.
También se podrán
inscribir aquellas personas que se encuentren fuera de la referida franja
etaria y sean beneficiarios en alguna de las modalidades excepcionales del
Progresar o tengan hijos menores a cargo en hogares monoparentales, personas
trans, pueblos originarios, personas con discapacidad, personas refugiadas,
entre otras condiciones), las que podrán participar en idénticos términos y
condiciones.
La medida fue adoptada
por resolución 1499 del ministro de Cultura, Tristán Bauer, publicada en el
Boletín Oficial.
El programa otorga un
monto de $5.000 a cada beneficiario/a, que podrá ser utilizado entre el 1° de
noviembre de 2021 y el 30 de abril de 2022 en consumo de bienes y/o servicios
culturales.
A tal efecto, se
resolvió que a través del Banco de la Nación se emitirán tarjetas de carácter
prepago con acreditación del monto antes referido, que podrán ser operadas de
manera virtual por los beneficiarios/as a través de la aplicación virtual BNA+,
o de manera física, a través del plástico emitido.
En este caso, se
aclara que las tarjetas estarán provistas de todas las medidas de seguridad,
calidad e inviolabilidad, inherentes a su utilización, adecuándose a las normas
del Banco Central.
Para qué aplica el
programa
Los beneficiarios
podrán utilizar el crédito en salas de cine, teatros, espectáculos musicales,
ferias y festivales, accesos y/o tickets en línea para museos, espacios,
centros y/o circuitos o corredores culturales, librerías, disquerías, galerías
y espacios asociados a las artes visuales, inscripción a cursos, seminarios
talleres u otras instancias de formación ligadas a la cultura.
También para el pago
de honorarios docentes para el aprendizaje de disciplinas artísticas y/o
culturales.
La resolución dispone
que no se requerirá la realización de gestión o de inscripción alguna por parte
de aquellos comercios o prestadores de servicios y bienes culturales que se
encuentren habilitados dentro de los rubros vinculados a esa actividad frente a
las procesadoras de pago intervinientes.
22 noviembre 2024
Nacionales