Un grupo de 14 trabajadores rurales deberá ser
indemnizado con más de 45 millones de pesos luego de verificarse que perdieron
sus empleos por el manejo fraudulento de un grupo de empresas que estaban todas
vinculadas entre sí. Un fallo de la Cámara Laboral Segunda de Roca, que no se
encuentra firme, concluyó que las sociedades formaron un “conjunto económico”
que llevó adelante “conductas o acciones tendientes a burlar los derechos de
los trabajadores”. Algunas de esas acciones fueron cambiarlos reiteradamente de
empleador y traspasar bienes -chacras, galpones, etc.- de una sociedad a otra,
generando el vaciamiento de la gran empresa original y dejando a los obreros en
una empresa sin capital.
La historia de cada trabajador es prácticamente idéntica:
comenzaron a mediados de los '90 o comienzos de la década del 2000 en las
chacras que su primer empleador poseía en Villa Regina, Ingeniero Huergo y
General E. Godoy. En 2004 ese empleador, junto con su esposa, formaron una SRL
y transfirieron allí a todos los empleados para continuar con las mismas
tareas. Y en 2005, la misma pareja formó una Sociedad Anónima a la que
transfirió más de una docena de chacras, empaque y frigorífico. En esa
triangulación empresarial los obreros trabajaron sin inconvenientes durante un
tiempo, hasta que en 2009 dejaron de pagarles los aportes. Luego, en 2016
fueron transferidos a una nueva Sociedad Anónima, recién creada y sin capital
significativo, la que en 2017 comenzó a interrumpirles los pagos y finalmente
dejó de darles tareas. Los trabajadores pidieron por carta documento a la nueva
empresa que les aclare su situación laboral y que les asigne trabajo en alguna
chacra, pero ante el silencio de la empleadora, a mediados de ese año todos se
consideraron despedidos e iniciaron el reclamo judicial.
La demanda fue iniciada por un grupo mayor de
trabajadores, pero algunos de ellos alcanzaron acuerdos de conciliación
particulares y finalmente 14 obtuvieron la sentencia, que les asignó
indemnizaciones de entre 1 y 4 millones de pesos a cada uno en función de sus
diferentes escalafones y circunstancias particulares.
La condena a indemnizar fue dictada “en forma conjunta y
solidaria” contra el dueño inicial de todas las chacras, su esposa, la SRL y la
SA que juntos formaron, la SA que finalmente dejó sin empleo a los obreros, y
el representante de esta última empresa, quien había contratado con las otras
en carácter de “fiador principal pagador”.
Para la Cámara, las “maniobras fraudulentas” se
verificaron en el “funcionamiento del conjunto económico en perjuicio de los
trabajadores”, que incluyó la “transferencia de los contratos laborales” a “una
empresa vacía de capital” que, por lo tanto, era incapaz “de afrontar los
pasivos que podrían llegar a producirse con los trabajadores”. También se vio
en la interrupción del pago de las cargas sociales a partir de 2009 y en “la
confusión de patrimonios, de administración, de ganancias, gestiones y otros
beneficios” entre todas las empresas que estaban relacionadas pero que en
definitiva reportaban los beneficios a la misma pareja de empresarios que fundó
el “conjunto económico”.
El art. 31 de la Ley de Contratos de Trabajo dice:
“Siempre que una o más empresas, aunque estuviesen cada una de ellas
personalidad jurídica propia, estuviesen bajo la dirección, control o
administración de otras, o de tal modo relacionadas que constituyan un conjunto
económico de carácter permanente, serán a los fines de las obligaciones
contraídas por cada una de ellas con sus trabajadores y con los organismos de
seguridad social, solidariamente responsables, cuando hayan mediado maniobras
fraudulentas o conducción temeraria”.
17 enero 2025
Judiciales