Un Tribunal de Juicio de Roca condenó hoy a dos años y
medio de prisión efectiva a un dirigente social de esa ciudad, quien había sido
declarado culpable del delito de abuso sexual simple, reiterado, del que
resultó víctima una empleada de la organización que él lideraba. La pena fue
unificada en un total de cuatro años de prisión efectiva, al acumularse con una
condena anterior firme que pesa sobre el acusado.
Debido a que la pena impuesta hoy no se encuentra firme,
el hombre permanece detenido cumpliendo prisión preventiva bajo la modalidad de
arresto domiciliario.
De acuerdo con la acusación que sostuvieron en el juicio
la fiscal del caso y el abogado querellante que representó a la víctima, los
abusos sexuales ocurrieron entre comienzos de 2019 y febrero de 2020 y
consistieron en tocamientos, rozamientos y comentarios obscenos, todos
cometidos contra la voluntad de la mujer, cuando ella se encontraba trabajando
en el interior de los locales que pertenecían a la organización conducida por
el imputado.
En la sentencia de cesura que se conoció hoy, el Tribunal
explicó las circunstancias agravantes y atenuantes que tuvo en cuenta para
determinar el monto de la pena.
Como agravantes, la jueza Verónica Rodríguez y los jueces
Gastón Martín y Alejandro Pellizzón destacaron que “el delito de abuso sexual
simple es un delito sumamente grave” y que es “un delito de género”. “Más allá
de la situación de preeminencia y poder del señor Báez respecto de la víctima,
ha quedado debidamente acreditado -juicio mediante- el contexto de violencia de
género en el cual estos hechos se habrían producido”, precisó el Tribunal.
“Estos tocamientos de carácter sexual en el cuerpo de la
víctima fueron reiterados en el tiempo, y uno de ellos fue en presencia de una
testigo mujer, constituyéndose en un acto doblemente abusivo por humillante”,
agregaron.
El Tribunal consideró que el hombre “abusaba de su
situación de poder y de la situación de necesidad de su víctima; abuso que se
encontraba naturalizado dentro de la organización tanto por hombres como por
las mujeres, a quienes -no tengo dudas-, no les quedaba otra alternativa más
que aceptar el denigrante y abusivo trato a cambio de una caja de comida”.
Para los jueces, el imputado la “atacó sexualmente
aprovechándose de cada oportunidad que ha tenido para hacerlo, no sólo en
soledad sino también frente a terceros. Hasta que finalmente pudo ella
denunciar a su agresor, con las consecuencias personales, emocionales y físicas
que persisten a la fecha”.
El hombre cumplía una condena de dos años y medio de
prisión condicional, dictada en agosto de 2020 por otros delitos. Con la
sentencia dictada hoy, aquella primera condena que era “en suspenso” se
convirtió en condena “efectiva”, puesto que expresamente se revocó la
condicionalidad. Así, ambos antecedentes se acumularon en una pena única de
cuatro años de prisión efectiva.
17 enero 2025
Judiciales