Una vecina de Viedma fue estafada tras un simulacro de
compra por Facebook. Con diversos artilugios, lograron cambiar su clave de home
banking y le sacaron dinero y préstamos de su cuenta. Un fallo civil ordenó una
medida cautelar, que no resuelve el fondo, pero permite que el banco no le
descuente el préstamos hasta que se resuelva la demanda principal.
La mujer también realizó una denuncia penal. Todo comenzó
cuando la cecina publicó por Marketplace, la plataforma de ventas de Facebook,
la venta de una silla. Un presunto comprador se comunicó, pactó la venta y el
mismo día esa persona le envió un comprobante de pago proveniente del Banco
Galicia por la suma de $325.000, cuando el valor del producto ofertado era de
$3.250.
El presunto comprador le manifestó que por error había
depositado de mas y le solicitó el reembolso del dinero mal transferido.
Continúa diciendo que al no ver reflejado el dinero en su cuenta, sino que veía
una transferencia de un pesos se lo hizo saber a su interlocutor.
Este le le manifestó que su señora había suspendido la
transferencia y que se comunicaría con ella un agente del banco para informarle
cómo revertir la situación para poder de esa manera devolver el dinero.
Tras unos minutos recibió la llamada telefónica del
supuesto representante del banco en cuestión, con característica de Capital
Federal, quien le manifestó que por un error en que habían incurrido sus
clientes procederían a bloquear su cuenta porque era muy alto el monto
transferido y eso hacía que se considere una operación sospechosa y que para
poder solucionar la situación debía acercarse a un cajero automático de su
banco y seguir las instrucciones que le brindarían durante la llamada.
Entonces, la vecina se acercó al cajero automático de
sucursal Sarmiento, ingresó la tarjeta y la clave, que su interlocutor le
indicó que debía cambiar la clave y reemplazarla por otra que ellos le
indicarían. Luego tenía que salir y volver a ingresar con el usuario y clave
nueva y generar la clave token que le fue solicitada por el interlocutor.
Finalizada la operación aquella persona le solicitó que
se mantenga en línea y que vaya ingresando al correo electrónico donde le
llegarían los mails con números y letras que debía comunicar, que repitió varias
operaciones.
Sostiene que como toda la operación le había llevado tanto tiempo, le manifestó al interlocutor que se tenía que ir a trabajar, que no podía continuar y se retiró del cajero automático.
Como habían pasado las horas y el estado de bloqueo de su
cuenta no se normalizaba comenzó a preocuparse y fue en virtud de esa razón que
el día al otro día se apersonó al banco para requerir mayor información y allí
le informaron que la cuenta estaba bloqueada porque había cambiado la clave del
homebanking y que tenía acreditado en su cuenta dos préstamos personales por el
monto de $150.000 y $40.000 como asimismo transferencias a través de tres DEBIN
por los montos de $100.000, $48.000 y $40.000 a distintos CBU.
En su presentación contó que en un estado de
desesperación requirió que se reviertan las operaciones aludidas en tanto
habían sido realizadas sin su conocimiento ni voluntad.
Afirmó que en la entidad bancaria le informaron que
primero debía realizar la denuncia penal y luego regresar. Manifestó que ese
mismo día, en horas de la mañana salió del banco y se dirigió al Ministerio
Público Fiscal donde radicó la denuncia.
Una vez efectuada la denuncia volvió al banco, donde le
informaron que la misma ingresaría al área de investigación correspondiente y
que, de igual manera, debía pagar los préstamos, ya que los mismos habían sido
correctamente otorgados y en cumplimiento de las disposiciones del BCRA.
Realizó un reclamo al banco, que le fue rechazado por
escrito.
El fallo
La medida del juez recordó que las cautelares no
resuelven el fondo de la cuestión, sino que tienen por objeto evitar un daño
mayor. En este caso, “se verifica el peligro de la demora, en cuanto a la
detención de los descuentos que efectúa dicha entidad bancaria. Esto así,
frente a la situación que en principio se presenta como crítica y de
vulnerabilidad”.
El magistrado consideró que en las constancias “este
estado, resultan suficientes, en la tarea de evitar que el mantenimiento de la
situación, pudiera ocasionar un daño grave e irreparable” e hizo lugar al
pedido ““en el marco del principio protectorio del consumidor”.
De esta manera, notificó al banco Patagonia que se
suspendan los débitos originados por los préstamos otorgados, por la suma de
$150.000 y $40.000, como así también los conceptos derivados de los mismos,
como comisiones, otros cargos, intereses resarcitorios o punitorios, o
cualquier otro relacionado con los citados préstamos, hasta tanto se resuelva
la cuestión de fondo.
17 enero 2025
Judiciales