Proponen penas más duras para quienes ocupen terrenos

Proyecto de ley presentado por los Diputados Nacionales, Luis Di Giácomo y Agustín Domingo

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Los diputados nacionales por Juntos Somos Río Negro (JSRN), Luis Di Giacomo y Agustín Domingo, presentaron un proyecto de reforma de los artículos 23 y 181 del Código Penal de la Nación, para proponer penas más duras a quienes ocupen terrenos. Según se indicó, el objetivo es "brindar una solución de fondo y un acompañamiento efectivo a los propietarios de inmuebles afectados por las tomas y usurpaciones".
 
“Claro que existe una necesidad de dar una solución al acceso a tierras, siendo el Estado el que debe garantizarlo. Pero no puede confundirse con la posibilidad de hacerlo de manera ilegal, en violación a la normativa vigente”, fundamentó el presidente del Interbloque Provincias Unidas y autor de la reforma, Luis Di Giacomo.

A su vez, Agustín Domingo explicó que de convertirse en ley “quien sufre el despojo del fruto de su esfuerzo sabrá que puede contar con la justicia, como ahora no sucede”, y explicó que los cambios propuestos apuntan a “garantizar el derecho de propiedad”.

Particularmente estas modificaciones "pretenden establecer penas más duras -con un mínimo de 4 años de prisión- y acelerar los procesos de restitución de los bienes robados o hurtados. Y apunta directamente hacia aquellos grupos violentos que configuran esta práctica delictiva como un modo de vida”, indicaron los diputados.

En el artículo 23, que habla sobre “decomisos y medidas cautelares”, el proyecto establece la capacidad del juez de disponer del “reintegro inmediato de los bienes” en los casos donde haya riesgo de demora. Esta medida es de gran incidencia para la celeridad del proceso legal, ante el desgaste y las dilataciones que se produce normalmente en estas instancias.
 
Por otra parte, en el artículo 181 se agregaron dos agravantes a la tipificación del delito de usurpación. El primero refiere a la incidencia del número de personas partícipes, siendo que a mayor proporción aumenta la eficacia de las tomas y la capacidad de amedrentamiento.

Y el segundo ocurre en situaciones de “alegación de derechos tradicionales injustificados”, es decir, cuando los grupos violentos se escudan detrás de un derecho reconocido por la Constitución para cometer delitos.

Se abre ahora un proceso de profundo debate y discusión en la Cámara Baja para el tratamiento de esta controvertida problemática.

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