En un fallo reciente, el juez federal de Viedma decidió que las acusaciones de falsificación de firmas en el proceso de reconocimiento del partido La Libertad Avanza no constituyen un delito, argumentando que estos conflictos deben resolverse dentro de la propia organización partidaria. Esta decisión generó controversia, ya que algunos miembros del partido consideran que las irregularidades deberían ser tratadas judicialmente.
El fiscal federal subrogante, Marcos J. Escandell, en su dictamen firmado el 4 de julio pasado, destacó que las acusaciones de falsificación de firmas en las actas 3 y 4 de la Junta Promotora del partido no justifican la nulidad de los documentos, tal como había solicitado uno de los denunciantes. Según el fiscal, la nulidad es una medida excepcional que solo se aplica cuando se violan normas esenciales del procedimiento o garantías constitucionales, lo cual no se ha demostrado en este caso.
Escandell subrayó la importancia de que los partidos políticos resuelvan sus disputas internas sin recurrir innecesariamente a la justicia. "Las cuestiones que hacen a la vida de los partidos políticos deben ser resueltas internamente", afirmó el fiscal en su dictamen. Asimismo, indicó que el hecho de llevar estos conflictos ante un juez representa un uso ineficiente de los recursos judiciales y desvía la atención de las necesidades de la ciudadanía.
El dictamen del fiscal también menciona que, aunque existen cuestionamientos sobre la autenticidad de las firmas, estos no afectan la validez de las decisiones tomadas en las actas cuestionadas. La posición del fiscal es que el trámite de reconocimiento partidario debe continuar sin hacer lugar a los planteos de nulidad presentados por los miembros disidentes del partido.
Esta decisión generó reacciones mixtas dentro de La Libertad Avanza. Algunos miembros apoyan la resolución del juez, mientras que otros creen que las irregularidades deben ser investigadas judicialmente para garantizar la transparencia y legalidad del proceso.
Con este fallo, Escandell pone de relieve la necesidad de fortalecer los mecanismos internos de resolución de conflictos dentro de los partidos políticos, asegurando que los procesos administrativos y legales se lleven a cabo de manera justa y eficiente, sin recurrir innecesariamente a la intervención judicial.
21 diciembre 2024
Judiciales