La Justicia reconoció que el accidente ocurrió en el trayecto laboral y que generó una incapacidad permanente

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Un trabajador que sufrió un accidente en la ruta mientras se dirigía a su empleo en Viedma deberá ser indemnizado tras un fallo de la Cámara del Trabajo. El hombre, que cumplía funciones de vigilancia en una universidad pública, volcó su vehículo al realizar una maniobra brusca para evitar atropellar a un perro que se cruzó en su camino.

El siniestro le provocó diversas lesiones que fueron tratadas en una clínica privada, donde se le indicó un tratamiento kinésico. Sin embargo, los dolores en la cadera y la espalda persistieron, lo que motivó un reclamo ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). La empresa, basándose en un dictamen de la Comisión Médica, consideró que no había secuelas incapacitantes y rechazó el pago de las prestaciones.

Disconforme con la decisión, el trabajador inició una demanda laboral argumentando que el accidente ocurrió "in itinere", es decir, en el trayecto entre su domicilio y su lugar de trabajo, por lo que debía ser reconocido como un accidente laboral. En su presentación, también cuestionó la constitucionalidad de varios artículos de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).

Durante el proceso judicial, el tribunal ordenó una pericia médica a cargo del Cuerpo de Investigación Forense. La especialista designada determinó que el accidente desencadenó una lumbociatalgia persistente, respaldada por estudios por imágenes. A pesar de las impugnaciones de la ART, la perito ratificó sus conclusiones.

Con estos elementos, la Cámara del Trabajo de Viedma resolvió que el trabajador sufrió una incapacidad parcial y permanente del 7,90% como consecuencia del accidente y ordenó el pago de una indemnización. Para determinar el monto, el tribunal utilizó los índices de variación salarial y las resoluciones vigentes del Poder Judicial de Río Negro.