Señaló Esquivel que “más allá de la cuestión de fondo de la legitimidad de superponer una ley provincial por encima de la Carta Orgánica Municipal vulnerando la autonomía municipal consagrada en la Constitución Nacional y la Constitución Provincial, ahora se pretende también vulnerar la voluntad popular queriendo modificar los porcentajes establecidos en la Ley 2353 para la escisión de parte de un ejido municipal de tal manera que con solo el voto positivo del 25% del padrón electoral se apruebe una decisión de tremenda trascendencia”.
El legislador del Circuito Atlántico expresó “esta es una muestra más de la irracionalidad e irreflexión de los grupos que apoyan la municipalización, ya que no resiste ninguna lógica que con sólo la aprobación de un cuarto de la población se avale una determinación de semejante implicancia para el futuro de los habitantes de una región, situación además que sería aplicable a todos los municipios de la provincia”
Explicó Esquivel que “actualmente la ley 2353 establece que para aprobarse la escisión debe votar un 80% del padrón y obtener un 66% de los votos válidos emitidos, es decir, la aprobación del 52,8% del total del padrón electoral. El proyecto de Gemignani modifica estos porcentajes, determinado la escisión con la concurrencia de sólo el 51% del padrón electoral y la mitad más uno (50%) de los votos válidos emitidos, es decir, sólo el 25,5% del total del padrón electoral”.
Concluyó Esquivel diciendo que “esperemos que el bloque oficialista y el gobierno provincial no avalen semejante irracionalidad, que además se aplicaría a todos los municipios de la provincia con consecuencias impensadas”.
El proyecto
Según informó la Legislatura, la legisladora María Gemignani presentó una iniciativa para modificar artículos de la ley orgánica de Municipios.
La iniciativa propone bajar el porcentaje de participantes necesarios para realizar el referéndum popular requerido para la separación de un municipio, así como el porcentaje de votos favorables para su consecución.
En los fundamentos, la legisladora explica que actualmente la ley Nº2353 establece que para llevar adelante la segregación de un municipio, se deberá realizar un referéndum popular en el que participen al menos el 80 por ciento del total de los electores convocados, en un número no menor de 100 para las Comunas y de 500 para los Municipios, con un resultado favorable del 66 por ciento de los votos válidos emitidos.
Gemignani observa que “el altísimo porcentaje de participación de electores que exige la norma resulta por demás elevado y puede atentar contra la esencia misma del proceso de segregación” y afirma que está “desconectado de la realidad que nos demuestran las estadísticas con respecto a la concurrencia de los ciudadanos a las urnas”.
Señala además que la Constitución Provincial no estipula exigencias adicionales y restrictivas como la que exige la Ley 2353. En este sentido, establece que, para que el referéndum se considere válido, los votos emitidos deben superar el 50 por ciento de los electores inscriptos en los padrones.
La legisladora afirma que el proyecto presentado tiene “la firme convicción de exigir los mismos requisitos para el referéndum que aprueba la segregación de un municipio” y por esto se propone su aprobación con el 51 por ciento del total de los electores convocados, lográndose el resultado favorable con la mitad más uno de los votos válidos emitidos.
Entre las modificaciones propuestas, se agregan también algunos requisitos al dictamen que debe evacuar el Poder Ejecutivo ante el pedido de reconocimiento de una comuna o municipio, para que “sea lo más completo posible y permita evaluar en forma acabada la petición de reconocimiento del municipio o comuna a crearse”, cierra.

17 diciembre 2025
Río Negro