El argumento central de esta decisión de la Provincia se fundó en la obligación que marcan los tiempos: concurrir a la realización del objetivo nacional de recuperar la capacidad de autoabestecimiento en materia de hidrocarburos y resolver la paradoja que enfrenta el país de tener que comprar -por un valor de 13 mil millones de dólares anuales- lo que tiene enterrado en el subsuelo.
En consecuencia, como producto de esta decisión -y de la ley 4818- el Poder Ejecutivo comenzó a renegociar el contrato con la empresa Petrobrás, circunstancia que felizmente ocupa buena parte de la atención de la opinión pública en una provincia que jamás tuvo debida conciencia sobre su patrimonio hidrocarburífero y, mucho menos, sobre el acoplamiento de prácticas industriales afines que sumen mayores beneficios a los que la naturaleza por sí misma ya nos ha prodigado.
El acuerdo, enmarcado en las coordenadas que la ley fijó como pautas de la negociación, ya fue sometido a la instancia de la audiencia pública, hecho éste último que no tiene antecedentes en ninguna otra jurisdicción del país pues jamás un contrato hidrocarburífero se analizó con una metodología igual, a puertas abiertas, con participación ciudadana y con el expediente a disposición de todo aquel que quiera consultarlo.
El acuerdo propiamente dicho es un contrato por diez años con la empresa del estado del Brasil, Petrobrás. Esta empresa, creada en 1953 por el presidente Getulio Vargas, opera en las áreas que son objeto del acuerdo desde 2002, momento en el cual Petrobrás adquirió todos los activos de Pérez Companc y las áreas que esta empresa operaba en Río Negro desde tiempos pretéritos.
La provincia, como contraparte de la concesión de las áreas Medanito, Jaguel de los Machos y Río Neuquén, pretende alcanzar las siguientes metas y beneficios:
1) Aumentar un 10% la producción de petróleo y un 38% la producción de gas en las áreas comprendidas en el acuerdo.
2) Percibir, por la firma del mismo, un cánon denominado Bono Fijo por 92,8 millones de dólares que será aplicado a dos fondos fiduciarios para obras públicas e infraestructura para la producción como asimismo para saldar la deuda histórica que tiene el estado provincial con los municipios cuyos ejidos registran la presencia de hidrocarburos. También se coparticipará un 15% de este recurso con todos los municipios, correspondiéndole una mitad a la totalidad de los estados locales y la otra mitad a los nueve municipios petroleros.
3) Percibir -lo que en términos del acuerdo se denomina Aporte para el Desarrollo Social y Fortalecimiento Institucional por un valor de 18,5 millones de dólares- infraestructura edilicia y/o equipamiento operativo para policía, seguridad pública, salud, educación y vialidad provincial, que la empresa deberá acreditar en un período de 18 meses.
4) El acuerdo estipula, en otro orden, un Aporte Complementario sobre la producción de gas y petróleo del 3,5% que, a valores actuales, equivale a 85 millones de pesos por año.
5) La empresa, por otra parte, deberá pagarle a Río Negro un Adicional por Renta Extraordinaria del un 0,5% por cada 5 dólares por encima de 80 dólares que cotice el barril de crudo y, en el caso del gas, pagará 0,5% por cada 0,5 dólares que supere al valor de 3,5 dólares/MBTU. Paralelamente deberá invertir entre 25 mil y 50 mil dólares mensuales para la capacitación de técnicos y operarios.
6) En lo que refiere estrictamente al Plan de Desarrollo e Inversión la concesionaria destinará a esos fines 820 millones de dólares durante los 10 años de la concesión. Para tal fin, el equipo técnico del estado provincial exigió a la concesionaria un incremento en la inversión -explotación y exploración- que se resume en la perforación de 77 pozos de desarrollo, 72 reparaciones, 16 conversiones, 13 abandonos, perforación de 8 pozos exploratorios y el compromiso adicional de la perforación de 8 pozos contingentes a ejecutar en los primeros cuatro años de la firma del convenio. Junto a todo ello, la empresa se comprometió a mantener una tasa de declinación no mayor al 12% para el desarrollo de las reservas probadas.
Un punto clave, por el lugar que ocupó en la discusión pública, es lo que el propio convenio apunta cuando sostiene que “la concesionaria acepta expresamente que es facultad de la autoridad de aplicación instrumentar la reversión total o parcial a favor de la provincia de aquellas superficies de la concesión de explotación que no registren, a criterio de la autoridad de aplicación, resultados razonables conforme los alcances de la ley nacional de hidrocarburos 17.319”.
En el mismo nivel de importancia debemos consignar la obligatoriedad por parte de Petrobrás de contratar no menos del 80% de bienes y servicios en el ámbito de la provincia. El “compre rionegrino” queda de esta manera garantizado, sobre todo para los trabajadores, y las pequeñas y medianas empresas nacidas y radicadas en la provincia.
Idéntica relevancia debemos adjudicar a discusión por la situación fiscal de Petrobrás: la empresa, como la totalidad de las empresas de su tipo que refinan y producen combustibles, sostiene que, por las características de su actividad, debe tributar 1 punto en concepto de ingresos brutos y no la alícuota general de 3 puntos como exige Río Negro. La controversia, originada por el inicio de acciones de apremio por la actual administración provincial, tiene radicación en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En virtud de ello, la provincia exigió a Petrobrás -para poder avanzar en el acuerdo- un seguro de caución equivalente al monto por la proporción de ingresos brutos que está en litigio. Por lo tanto, si la justicia falla a favor de la provincia operará a su favor la póliza que para ese efecto requirió a la concesionaria.
Finalmente, Petrobrás deberá invertir en la remediación ambiental de todas las áreas un total de 24,8 millones de dólares y garantizar, al mismo tiempo, la inversión comprometida con una póliza de caución a presentar dentro de los diez días de ratificado el contrato. Junto con ello, deberá ajustar sus prácticas a los requerimientos que surgen de la ley 4818 y sus consecuentes derivaciones plasmadas en los anexos del acuerdo.
En resumen, el contrato que el estado provincial ha propuesto a la Legislatura para su ratificación reúne beneficios inobjetables para la comunidad rionegrina aunque somos conscientes de las fuertes críticas que expresan notables dirigentes políticos que aspiran a conducir los destinos de la provincia en el próximo turno electoral y cuyo liderazgo se proyecta en la opinión de un sector de la Legislatura que se ha manifestado en contra de votar la concesión.
En orden a lo expuesto, si comparamos el acuerdo con Petrobrás con otras negociaciones de características similares cumplidas en distintas provincias petroleras de la región advertiremos rápidamente la endeblez de los argumentos de quienes hoy se constituyen como las voces de una injustificada impugnación y para lo cual le sugiero al lector demorarse en la tabla que figura al pie.
De todos modos, el acuerdo está en la Legislatura para su ratificación o rechazo. Nosotros sólo pretendemos que se cumpla con lo que dice la ley 4818 respecto a que una vez consumada la audiencia pública la Legislatura debe tratar el acuerdo en la primera sesión que sobrevenga a la misma.
Queremos que el acuerdo se trate; que cada legislador exponga sus argumentos a favor o en contra y que el criterio de la mayoría, aunque no concuerde con lo que pensamos, decida el curso final de este proceso.
El pueblo, como siempre, tiene la última palabra y la historia dejará en sus anales el registro de estos hechos para que sean evaluados en los tiempos que vendrán pues el devenir enseña que lo que hoy es posible mañana tal vez resulte una quimera.
En efecto: basta para ello indagar qué capacidad de negociación tendrán las provincias en el nuevo marco hidrocarburífero que está impulsando la Nación si éste finalmente prospera, como todo lo está indicando, para concluir que el momento es ahora.
Si dejamos para mañana lo que podemos hacer hoy es probable que Río Negro pierda la capacidad que el actual marco regulatorio en materia hidrocarburífera no le prohíbe, quedando inhabilitada para exigir el cobro de un cánon previo a la firma de cualquier acuerdo por 92,8 millones de dólares, o el aporte por responsabilidad empresaria de 18,5 millones de dólares o el aporte complementario de 3,5% de la producción, equivalente, aproximadamente, a 85 millones de pesos anuales.
Ningún protagonista de la discusión que hoy tenemos en Río Negro desconoce esta información clave para la toma de decisiones. Por ello es necesario que toda la comunidad también tenga pleno conocimiento de la materia en discusión para que si el acuerdo no prospera y la provincia pierde los cuantiosos recursos económicos y financieros que están en juego sepa quiénes fueron los responsables de tamaño desatino.
(*) Presidente del Bloque de Legisladores del Frente para la Victoria de Río Negro
16 noviembre 2024
Opinion